Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9299)
Resolución 452/38207/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 62137

Generales, Áreas de Reclutamiento, Órganos de Apoyo u Oficinas Delegadas o
cualquier registro oficial de la administración. En caso de presentarla en un área de
reclutamiento, ésta la remitirá a través de SIMENDEF. En este caso, se procederá a
generar en SEMILCAR la solicitud, en Solicitudes Acceda sin Registro, enviando el
expediente después de establecer su estado en el sistema como Tramitada por el Área.
Al imprimir la solicitud de admisión, automáticamente se registra una pre-solicitud en el
sistema informático que gestiona el proceso.
No será admitida ninguna solicitud sin registro electrónico que no se haya tramitado a
través de Secretarías Generales, Áreas de Reclutamiento, Órganos de Apoyo u Oficinas
Delegadas o cualquier registro oficial de la administración.
Los documentos que se anexen a la solicitud deberán ser copias auténticas, o
disponer de un código seguro de verificación. No obstante, también se podrán anexar
copias escaneadas de documentos de los que se ha obtenido copia auténtica, debiendo
presentar los originales en el momento que el Órgano de Selección lo solicite.
En las Secretarías Generales, Áreas de Reclutamiento, Órganos de Apoyo u Oficinas
Delegadas, se dispondrá lo necesario para la comprobación de que los datos de las
solicitudes incorporados en el sistema informático coinciden con los aportados por la
persona interesada en su solicitud impresa; en ese caso, generarán la solicitud en el
sistema y la remitirán de forma inmediata, junto con el resto de documentación, al
Subdirector General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y
Reservistas de Especial Disponibilidad, con objeto de que en la Secretaría de procesos
de selección se proceda a su validación.
Toda la documentación así generada, y la electrónica que pudiera aportar la persona
interesada, se cursará el mismo día de su recepción al Subdirector General de
Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad, directamente y de manera individual, a través del Sistema de Mensajería
Oficial y Gestión Documental del Ministerio de Defensa (SIMENDEF), sin esperar a
acumularla con otras, devolviendo el original a los solicitantes. En el «asunto» del oficio
de remisión se indicará, por este orden, el código del proceso y las iniciales de los
apellidos y nombre de la persona aspirante (p.ej. SOLICITUD PROCESO 2023021
M.G.R. Podrá remitir en un único SIMENDEF la documentación de una persona
solicitante para varios procesos sólo si son desarrollados por el mismo Órgano de
Selección).
2.2

Militares profesionales:

– Si se tramita la solicitud sin certificado electrónico, será debidamente registrada y
sellada.
– Una vez digitalizados los documentos, los que no dispongan de un Código Seguro
de Verificación (CSV) deberán ser firmados electrónicamente usando la Tarjeta
Electrónica del Ministerio de Defensa (TEMD) por el representante de la UCO de destino,
para dar validez jurídica al proceso y confirmar que lo escaneado es conforme con el
original en papel.
– Excepcionalmente, si en la UCO no se dispone de TEMD en vigor para realizar la
copia electrónica auténtica de los documentos, se remitirán los documentos escaneados
y, posteriormente, las copias auténticas una vez aportadas por la persona interesada.
– La tramitación se hará por SIMENDEF, tal como se indica en el punto 2.1.

cve: BOE-A-2025-9299
Verificable en https://www.boe.es

Por las UCO de destino o dependencia, se tratará de gestionar la solicitud en la
Sede, de acuerdo a lo señalado en el punto 2.1, actuando en este caso como oficina de
registro.
Los Jefes de Unidad de destino o dependencia actuarán de la siguiente forma: