Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Contabilidad pública. (BOE-A-2025-9276)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 10 de octubre de 2018, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 61787

3. Se modifica el subapartado 7, «Estado de cambios en el patrimonio neto», que
tendrá el siguiente contenido:
«7.

Estado de cambios en el patrimonio neto.

El Estado de cambios en el patrimonio neto se divide en dos partes:
1. Estado total de cambios en el patrimonio neto.
2. Estado de ingresos y gastos reconocidos.
Dichos estados tendrán la estructura que figura en los modelos de las cuentas
anuales.
A los efectos de dar información en la memoria sobre las partidas de dichos
estados cuando sean significativas, se considerarán los importes brutos incluidos
en cada partida, en lugar del importe neto de cada una de ellas, en el caso de
partidas en las que se integren importes de distinto signo.
1. En la primera parte, “Estado total de cambios en el patrimonio neto”, se
informará de todos los cambios habidos en el patrimonio neto, distinguiendo entre:
– Los ajustes en el patrimonio neto debidos a cambios de criterios contables y
correcciones de errores.
– Los ingresos y gastos reconocidos en el ejercicio.
– Las operaciones con la entidad o entidades propietarias, en las que éstos
actúen como tales.
– Otras variaciones que se produzcan en el patrimonio neto.
2. En la segunda parte, “Estado de ingresos y gastos reconocidos”, se
recogerán los cambios en el patrimonio neto derivados de:

Este estado desarrolla el epígrafe D.1, “Estado total de cambios en el
patrimonio neto”.
En la columna relativa al ejercicio inmediatamente anterior al que se cierra,
figurarán los importes ajustados, es decir, los importes de dicho ejercicio
corregidos, en su caso, por los ajustes por cambios de criterio y correcciones de
errores.
Las partidas de gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto,
figurarán con signo negativo.
Las partidas del epígrafe III, “Transferencias a la cuenta del resultado
económico patrimonial”, en las que las transferencias de ingresos superen a las
transferencias de gastos, figurarán por su importe neto con signo negativo, y en
caso contrario, con signo positivo.
No obstante, en los registros contables de la entidad, deberán figurar por sus
importes brutos, los importes transferidos a la cuenta del resultado económico
patrimonial, según lo dispuesto en esta adaptación del Plan General de
Contabilidad Pública.»

cve: BOE-A-2025-9276
Verificable en https://www.boe.es

– El resultado económico patrimonial.
– Los ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto,
distinguiendo los ingresos de los gastos.
– Las transferencias a la cuenta del resultado económico patrimonial, de
ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto.