Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9619)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la Comisión paritaria del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63541
punto sexto. Revisión del módulo de gastos de funcionamiento a su punto 6.3.
Repercusión en el personal de administración y servicios.
Manifiestan:
Que el consejero de Educación y Formación Profesional de las Islas Baleares firmó
con las entidades del sector un acuerdo tripartito donde manifestó el compromiso de la
Administración Autónoma de regularizar incrementando progresivamente la financiación
de la partida de gastos de funcionamiento de los centros concertados que, a la vez,
permitiera el abono por parte de los centros de unas mejoras en las cantidad mensual
que se viene abonando por el concepto de «complemento retributivo Islas Baleares» al
personal de administración y servicios de estos centros.
A tenor de este acuerdo, los centros concertados tienen que repercutir, anualmente y
en la misma proporción, los incrementos previstos en los puntos 6.1 y 6.2 en el
complemento retributivo de las Islas Baleares del personal de administración y servicios.
El incremento del complemento retributivo de las islas Baleares para el personal de
administración y servicios queda establecido según la mesa adjuntada en el acuerdo.
Porcentaje de incremento
2023
10,5 %.
2024
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB derivado de los PGE.
2025
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2026
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2027
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
Para el año 2023, y en la aplicación del incremento 10,5 %, el complemento
retributivo del personal de administración y servicios ha estado de 137,02 euros.
Para el año 2024 la cantidad a abonar por parte de las empresas a las personas
trabajadoras del centro que estén a jornada completa será de 143,87 euros.
Con efectos a 1 de enero de 2024 y pendiente del incremento derivado de los PGE.
El importe tiene que ser proporcional en el caso de personal contratado a tiempo
parcial.El complemento es el mismo para todas las categorías.
A partir de 2027, la cuantía del CRIB del personal de administración y servicios
estará sometida a una revisión anual en relación con el incremento del módulo
económico de gastos de funcionamiento, siempre que los incrementos del módulo no se
refieran total o parcialmente a partidas finalistas derivadas de situaciones puntuales
sobrevenidas.
Se manifiesta expresamente que la totalidad del convenio de este punto, relativo a
repercusiones en el personal de administración y servicios, recoge un acuerdo al cual
han llegado exclusivamente los sindicatos y las patronales y que, por lo tanto, no vincula
la Administración, porque no es parte negociadora, sin perjuicio de trasladar una copia
del presente acuerdo para su conocimiento.
Las eventuales repercusiones de los incrementos sobre el Complemento Retributivo
de las Islas Baleares del personal de administración y servicios, en ningún caso
supondrá un incremento mayor de los gastos de funcionamiento financiadas por la
Administración, establecidas en los puntos 6.1 y 6.2 de la aplicación el Acuerdo de la
Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares de reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de
mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
Este Acuerdo será remitido a la comisión paritaria del VII Convenio colectivo de
Empresas de Enseñanza sostenidas total o parcial mente con fondos públicos, para que
cve: BOE-A-2025-9619
Verificable en https://www.boe.es
Año
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63541
punto sexto. Revisión del módulo de gastos de funcionamiento a su punto 6.3.
Repercusión en el personal de administración y servicios.
Manifiestan:
Que el consejero de Educación y Formación Profesional de las Islas Baleares firmó
con las entidades del sector un acuerdo tripartito donde manifestó el compromiso de la
Administración Autónoma de regularizar incrementando progresivamente la financiación
de la partida de gastos de funcionamiento de los centros concertados que, a la vez,
permitiera el abono por parte de los centros de unas mejoras en las cantidad mensual
que se viene abonando por el concepto de «complemento retributivo Islas Baleares» al
personal de administración y servicios de estos centros.
A tenor de este acuerdo, los centros concertados tienen que repercutir, anualmente y
en la misma proporción, los incrementos previstos en los puntos 6.1 y 6.2 en el
complemento retributivo de las Islas Baleares del personal de administración y servicios.
El incremento del complemento retributivo de las islas Baleares para el personal de
administración y servicios queda establecido según la mesa adjuntada en el acuerdo.
Porcentaje de incremento
2023
10,5 %.
2024
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB derivado de los PGE.
2025
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2026
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
2027
5 % + incremento efectivamente abonado por la CAIB de los PGE.
Para el año 2023, y en la aplicación del incremento 10,5 %, el complemento
retributivo del personal de administración y servicios ha estado de 137,02 euros.
Para el año 2024 la cantidad a abonar por parte de las empresas a las personas
trabajadoras del centro que estén a jornada completa será de 143,87 euros.
Con efectos a 1 de enero de 2024 y pendiente del incremento derivado de los PGE.
El importe tiene que ser proporcional en el caso de personal contratado a tiempo
parcial.El complemento es el mismo para todas las categorías.
A partir de 2027, la cuantía del CRIB del personal de administración y servicios
estará sometida a una revisión anual en relación con el incremento del módulo
económico de gastos de funcionamiento, siempre que los incrementos del módulo no se
refieran total o parcialmente a partidas finalistas derivadas de situaciones puntuales
sobrevenidas.
Se manifiesta expresamente que la totalidad del convenio de este punto, relativo a
repercusiones en el personal de administración y servicios, recoge un acuerdo al cual
han llegado exclusivamente los sindicatos y las patronales y que, por lo tanto, no vincula
la Administración, porque no es parte negociadora, sin perjuicio de trasladar una copia
del presente acuerdo para su conocimiento.
Las eventuales repercusiones de los incrementos sobre el Complemento Retributivo
de las Islas Baleares del personal de administración y servicios, en ningún caso
supondrá un incremento mayor de los gastos de funcionamiento financiadas por la
Administración, establecidas en los puntos 6.1 y 6.2 de la aplicación el Acuerdo de la
Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares de reactivación del Acuerdo de 2016 y Nuevo Acuerdo Marco (2023-2027) de
mejora para la Enseñanza Privada Concertada.
Este Acuerdo será remitido a la comisión paritaria del VII Convenio colectivo de
Empresas de Enseñanza sostenidas total o parcial mente con fondos públicos, para que
cve: BOE-A-2025-9619
Verificable en https://www.boe.es
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