Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9607)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación de Familiares de Drogodependientes «Resurrección», para el desarrollo de talleres y programas de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

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confianza depositada en el mismo y la atribución de responsabilidades, cada vez más
importantes, que implicarán una mayor libertad».
Por todo ello, es fundamental desarrollar programas de intervención específicos con
los penados cuya situación penal y penitenciaria así lo requiera.
Por lo expuesto, se acuerda suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la efectiva puesta en marcha del Programa de
Intervención PRIA-MA (en adelante, el Programa), que podrá estar dirigido tanto a
condenados a privación de libertad en régimen de tercer grado, como a aquellos
condenados a penas y medidas alternativas.
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.

que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo del taller o programa de intervención, mediante la
derivación de los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta, por
condenas a medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a privación de
libertad que así lo requieran.
2. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del taller o programa de intervención a desarrollar.
3. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del taller o programa.
4. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del taller o
programa.
5. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del taller o programa a los destinatarios del mismo.
6. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa o taller se
desarrolle en un Centro de Inserción Social.
Tercera.

Compromisos que asume la Asociación.

La Asociación se compromete a:
1. Desarrollar el Taller/Programa conforme al modelo y programa marco establecido
por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2. Aportar a los profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del Taller/
Programa objeto del presente convenio.
Obligaciones económicas o contractuales.

Del presente convenio no se generarán obligaciones de carácter económico para
ninguna de las partes.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen los talleres o programas y la
Administración Penitenciaria.

cve: BOE-A-2025-9607
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.