Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9700)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para el fomento de la normalización en maquinaria agrícola y productos fertilizantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Viernes 16 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63981

Segundo.
La Asociación Española de Normalización (UNE) es una asociación privada
independiente y sin carácter lucrativo que está reconocida como Organismo de
normalización, en virtud del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre por el que se
aprueba el Reglamento de la Infraestructura de la Calidad y la Seguridad Industrial.
UNE es el representante español en la Organización Internacional de Normalización
(ISO) y en el Comité Europeo de Normalización (CEN).
Tercero.
La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria señala que la normalización resulta
esencial para garantizar la seguridad y calidad industriales. Es fundamental para la
supresión de barreras en la medida que permite establecer un lenguaje común, facilitar
los intercambios comerciales y la práctica generalizada de análisis de ensayo
contrastados que garanticen las prestaciones de los productos, para perfeccionar la
transparencia informativa en beneficio del propio mercado.
En el marco del derecho de la Unión Europea, el Reglamento (UE) n.º 1025/2012 del
Parlamento europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativo a la normalización
europea, recoge la importancia de que los poderes públicos participen en la
normalización en todas las fases de elaboración. Igualmente establece que las normas
europeas y los documentos europeos de normalización deberán basarse en el mercado,
tomar en consideración el interés público, así como los objetivos de política claramente
expuestos en las peticiones de la Comisión a las organizaciones europeas de
normalización y ser fruto del consenso.
Las normativas sectoriales, tanto el Reglamento (UE) n.º 2019/1009 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones
relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se
modifican los Reglamentos (CE) n.º 1069/2009 y (CE) n.º 1107/2009 y se deroga el
Reglamento (CE) n.º 2003/2003 como el Reglamento (UE) n.º 167/2013 relativo a la
homologación de los vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del mercado de
dichos vehículos; prevén la normalización como un instrumento para regular el mercado.
Asimismo, el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de
la maquinaria agrícola prevé en su artículo 11 la creación de unas marcas de calidad que
han de estar basadas en normas nacionales e internacionales.

Para la elaboración de las normas técnicas en los distintos sectores de actividad
económica, en el seno de UNE se constituyen distintos Comités Técnicos de
Normalización (CTN).
De esta forma, el CTN 68 sobre «Tractores y Maquinaria Agrícola Forestal»
desarrolla distintas normas, referentes a vehículos agrícolas y clasificación y terminología
de los tractores y la maquinaria agrícola y forestal empleada en España, además de las
previstas en el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro
de la maquinaria agrícola. Desde el MAPA, se pretende contribuir al correcto
funcionamiento del CTN 68 para conseguir el desarrollo de los documentos normativos
UNE y la promoción de la participación de todos los grupos de interés en los órganos
técnicos.
De igual modo, la aprobación del Reglamento (UE) 2019/1009 sobre productos
fertilizantes UE generó una importante demanda de documentos normativos europeos
(EN y otros tipos de documentos) elaborados por el Comité Europeo de Normalización
(CEN) en esta materia. La Comisión Europea elaboró el mandato de estandarización
M/564 en el que se solicita a CEN la elaboración de los documentos necesarios para la
evaluación de la conformidad de los productos fertilizantes UE, de modo que habrá de
elaborar y actualizar entre 150 y 170 normas. El calendario previsto en dicho mandato ha

cve: BOE-A-2025-9700
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.