Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2025-9876)
Resolución de 8 de mayo de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Comunidad Foral de Navarra, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65205
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo
Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del
Departamento de Cohesión Territorial, firmaron un convenio para la integración efectiva
de la Comunidad Foral de Navarra en el Sistema Cartográfico Nacional y para establecer
un conjunto de actuaciones de colaboración con la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional para la producción, actualización e intercambio de información
geográfica en el ámbito de la Comunidad Autónoma, cuya vigencia comenzó el día 13 de
mayo de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio
prorrogado continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente
adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del
Departamento de Cohesión Territorial, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra
en el Sistema Cartográfico Nacional, firman esta adenda de forma electrónica.
Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Subsecretario, Rafael
Guerra Posadas.–Por la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Cohesión
Territorial, Oscar Chivite Cornago.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-9876
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65205
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo
Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del
Departamento de Cohesión Territorial, firmaron un convenio para la integración efectiva
de la Comunidad Foral de Navarra en el Sistema Cartográfico Nacional y para establecer
un conjunto de actuaciones de colaboración con la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional para la producción, actualización e intercambio de información
geográfica en el ámbito de la Comunidad Autónoma, cuya vigencia comenzó el día 13 de
mayo de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio
prorrogado continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente
adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del
Departamento de Cohesión Territorial, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra
en el Sistema Cartográfico Nacional, firman esta adenda de forma electrónica.
Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Subsecretario, Rafael
Guerra Posadas.–Por la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Cohesión
Territorial, Oscar Chivite Cornago.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-9876
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.