Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10192)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la segunda Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68130
Las partes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen recíprocamente
la capacidad para el otorgamiento de esta segunda adenda, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de abril de 2021 se firmó entre las partes el convenio entre la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo
Confederación Hidrográfica del Duero O.A. adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del
riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre. Con fecha 5 de enero de 2022 fue
publicada la adenda de modificación del convenio, debido a la modificación de la
cláusula sexta de inversión, por reajuste de anualidades.
La vigencia del convenio se establecía por cuatro años, finalizando la vigencia del
mismo el 12 de mayo de 2025.
Segundo.
Que una vez redactados los pliegos de adaptación de tendidos de las actuaciones
comprendidas en el convenio que faltan por ejecutar, se ha detectado un sobrecoste
frente a la inversión prevista inicialmente en el convenio debido a la actualización de
precios de coste de personal y materiales, debido a que se han añadido nuevas
unidades no contempladas inicialmente y al empleo de los nuevos materiales que han
salido en el mercado, por lo que se requiere aumentar la inversión en tendidos
en 260.000 euros. Además, los plazos de ejecución de este trabajo se prolongarán
hasta, al menos, la anualidad 2028.
Tercero.
Desde hace décadas en los canales hay problemas relativos al ahogamiento de
fauna silvestre debido a que los animales caen dentro de los canales y quedan
atrapados en ellos. Estos últimos años se ha agravado la situación por el crecimiento de
la población de la fauna cinegética, pero las medidas correctoras ejecutadas dentro de
las actuaciones del convenio están dando resultados muy positivos, por lo que se
requiere aumentar la inversión en canales en 260.000 euros para continuar efectuando
actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna silvestre en estas
infraestructuras e iniciar nuevas actuaciones en otros canales de la Confederación.
Cuarto.
Que se precisa una modificación de convenio para realizar los compromisos de
corrección de tendidos eléctricos con todas las garantías y conforme a la legislación
sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta
tensión.
Que se precisa una modificación de convenio para aumentar la inversión para
continuar efectuando actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna
silvestre en los canales.
Sexto.
Que la cláusula décima del convenio preveía la posibilidad de prórroga por acuerdo
entre las partes, antes de la expiración del mismo, a propuesta de la Comisión de
cve: BOE-A-2025-10192
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68130
Las partes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen recíprocamente
la capacidad para el otorgamiento de esta segunda adenda, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de abril de 2021 se firmó entre las partes el convenio entre la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo
Confederación Hidrográfica del Duero O.A. adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del
riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre. Con fecha 5 de enero de 2022 fue
publicada la adenda de modificación del convenio, debido a la modificación de la
cláusula sexta de inversión, por reajuste de anualidades.
La vigencia del convenio se establecía por cuatro años, finalizando la vigencia del
mismo el 12 de mayo de 2025.
Segundo.
Que una vez redactados los pliegos de adaptación de tendidos de las actuaciones
comprendidas en el convenio que faltan por ejecutar, se ha detectado un sobrecoste
frente a la inversión prevista inicialmente en el convenio debido a la actualización de
precios de coste de personal y materiales, debido a que se han añadido nuevas
unidades no contempladas inicialmente y al empleo de los nuevos materiales que han
salido en el mercado, por lo que se requiere aumentar la inversión en tendidos
en 260.000 euros. Además, los plazos de ejecución de este trabajo se prolongarán
hasta, al menos, la anualidad 2028.
Tercero.
Desde hace décadas en los canales hay problemas relativos al ahogamiento de
fauna silvestre debido a que los animales caen dentro de los canales y quedan
atrapados en ellos. Estos últimos años se ha agravado la situación por el crecimiento de
la población de la fauna cinegética, pero las medidas correctoras ejecutadas dentro de
las actuaciones del convenio están dando resultados muy positivos, por lo que se
requiere aumentar la inversión en canales en 260.000 euros para continuar efectuando
actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna silvestre en estas
infraestructuras e iniciar nuevas actuaciones en otros canales de la Confederación.
Cuarto.
Que se precisa una modificación de convenio para realizar los compromisos de
corrección de tendidos eléctricos con todas las garantías y conforme a la legislación
sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta
tensión.
Que se precisa una modificación de convenio para aumentar la inversión para
continuar efectuando actuaciones que reducen la mortalidad de especies de fauna
silvestre en los canales.
Sexto.
Que la cláusula décima del convenio preveía la posibilidad de prórroga por acuerdo
entre las partes, antes de la expiración del mismo, a propuesta de la Comisión de
cve: BOE-A-2025-10192
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.