Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-11439)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 74670

motivo organizativo de carácter objetivo. La compensación se concederá
preferentemente en el marco del régimen de jornada flexible, es decir, durante los tramos
de horario flexible. Las medidas prácticas para aplicar la presente disposición deberán
acordarse entre el director o el jefe de departamento y la División de Administración.
8.

Viajes oficiales.

Los días completos dedicados a viajes oficiales se computarán según la media
estándar de 7 h 45 min de lunes a viernes para el personal de todas las categorías (A, L,
B, C). El tiempo adicional de viaje (por ejemplo, últimas horas de la tarde) no se sumará
a dicho cómputo diario estándar de horas.
No obstante, podrá considerarse la posibilidad de compensación en determinados
casos que puedan surgir en condiciones organizativas excepcionales o particularmente
difíciles (por ejemplo, trabajo nocturno o servicios de secretaría para una reunión durante
el fin de semana o un festivo oficial si no hay posibilidad de disfrutar de tiempo libre
durante el propio viaje oficial). El personal que desee solicitar dicha compensación
deberá dirigirse a la División de Administración, previa autorización del director o jefe de
departamento. La compensación se concederá en forma de tiempo a disfrutar en el
marco del régimen de jornada flexible o mediante un permiso compensatorio.
III. Supervisión de la Administración.
9. Servicios centrales responsables del funcionamiento de la jornada de trabajo
flexible.
La División de Administración es la encargada de centralizar la gestión de la jornada
de trabajo flexible (apartado 22 de la Instrucción n.º 16).
La División de Servicios Técnicos supervisa el correcto funcionamiento de los
contadores y es responsable de las cuestiones técnicas del régimen de jornada flexible.
Se encarga de los fallos que se produzcan en los equipos y de la sustitución de las
tarjetas perdidas.

cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es

En nombre del Secretario General, A. Daussin, Director General de Administración y
Finanzas.