Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2025-11810)
Real Decreto 404/2025, de 27 de mayo, por el que se establece el Certificado profesional en Operaciones con maquinaria de transporte de tierras en construcción, de la familia profesional Edificación y Obra Civil, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 76791
e) Se han reconocido los medios de protección colectiva y equipos de protección
individual, justificando su utilización.
f) Se ha reconocido el entorno del lugar de trabajo, verificando las condiciones de
señalización, iluminación y limpieza, entre otros.
g) Se ha reconocido la normativa aplicable en obra en materia de protección
medioambiental, relacionándola con la eliminación de residuos peligrosos.
h) Se ha colaborado en el establecimiento de planes de emergencia y evacuación.
i) Se han reconocido herramientas de control de la salud de las personas
trabajadoras.
j) Se han diseñado los requerimientos específicos de señalización de la zona de
trabajo según el emplazamiento.
k) Se han justificado técnicamente las medidas de prevención y de seguridad en
función de la tipología de riesgos detectados.
l) Se han evaluado los tipos y niveles de riesgos asociados al trabajo.
m) Se han analizado las instrucciones de manejo de los Equipos de Protección
Individual necesarios.
3. Colabora en la evaluación de los riesgos específicos correspondientes al entorno
laboral de la construcción, adoptando medidas preventivas básicas de acuerdo con la
normativa aplicable en el sector de la construcción y el plan de seguridad y salud de la
obra.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los riesgos específicos más comunes derivados de las
distintas actividades llevadas a cabo en obras de construcción.
b) Se han determinado las condiciones de trabajo con significación para la
prevención en los entornos de trabajo relacionados con el sector de la construcción.
c) Se han identificado las distintas fases de obra y sus protecciones
correspondientes.
d) Se han clasificado y descrito los tipos de daños profesionales referidos a
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales relacionados con el sector de la
construcción.
e) Se han descrito y aplicado técnicas preventivas básicas vinculadas a la
utilización de medios auxiliares, equipos de trabajo y herramientas.
f) Se han identificado y adoptado técnicas preventivas básicas relacionadas con la
manipulación de materiales y productos.
g) Se han reconocido y aplicado técnicas preventivas básicas asociadas a la
manipulación manual de cargas.
h) Se han identificado técnicas preventivas básicas relacionadas con trabajos en
altura y en espacios confinados.
i) Se han establecido protocolos de actuación en caso de accidente de trabajo.
j) Se ha colaborado en el diseño de manuales de seguridad en función de los
riesgos detectados.
k) Se han propuesto mejoras y medidas preventivas ante los riesgos detectados.
Criterios de evaluación:
a) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la
empresa, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa sobre
prevención de riesgos laborales.
b) Se han identificado a los representantes de las personas trabajadoras en la
empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
cve: BOE-A-2025-11810
Verificable en https://www.boe.es
4. Colabora en la gestión de la prevención de riesgos identificando las
responsabilidades de todos los agentes implicados.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 76791
e) Se han reconocido los medios de protección colectiva y equipos de protección
individual, justificando su utilización.
f) Se ha reconocido el entorno del lugar de trabajo, verificando las condiciones de
señalización, iluminación y limpieza, entre otros.
g) Se ha reconocido la normativa aplicable en obra en materia de protección
medioambiental, relacionándola con la eliminación de residuos peligrosos.
h) Se ha colaborado en el establecimiento de planes de emergencia y evacuación.
i) Se han reconocido herramientas de control de la salud de las personas
trabajadoras.
j) Se han diseñado los requerimientos específicos de señalización de la zona de
trabajo según el emplazamiento.
k) Se han justificado técnicamente las medidas de prevención y de seguridad en
función de la tipología de riesgos detectados.
l) Se han evaluado los tipos y niveles de riesgos asociados al trabajo.
m) Se han analizado las instrucciones de manejo de los Equipos de Protección
Individual necesarios.
3. Colabora en la evaluación de los riesgos específicos correspondientes al entorno
laboral de la construcción, adoptando medidas preventivas básicas de acuerdo con la
normativa aplicable en el sector de la construcción y el plan de seguridad y salud de la
obra.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los riesgos específicos más comunes derivados de las
distintas actividades llevadas a cabo en obras de construcción.
b) Se han determinado las condiciones de trabajo con significación para la
prevención en los entornos de trabajo relacionados con el sector de la construcción.
c) Se han identificado las distintas fases de obra y sus protecciones
correspondientes.
d) Se han clasificado y descrito los tipos de daños profesionales referidos a
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales relacionados con el sector de la
construcción.
e) Se han descrito y aplicado técnicas preventivas básicas vinculadas a la
utilización de medios auxiliares, equipos de trabajo y herramientas.
f) Se han identificado y adoptado técnicas preventivas básicas relacionadas con la
manipulación de materiales y productos.
g) Se han reconocido y aplicado técnicas preventivas básicas asociadas a la
manipulación manual de cargas.
h) Se han identificado técnicas preventivas básicas relacionadas con trabajos en
altura y en espacios confinados.
i) Se han establecido protocolos de actuación en caso de accidente de trabajo.
j) Se ha colaborado en el diseño de manuales de seguridad en función de los
riesgos detectados.
k) Se han propuesto mejoras y medidas preventivas ante los riesgos detectados.
Criterios de evaluación:
a) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la
empresa, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa sobre
prevención de riesgos laborales.
b) Se han identificado a los representantes de las personas trabajadoras en la
empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
cve: BOE-A-2025-11810
Verificable en https://www.boe.es
4. Colabora en la gestión de la prevención de riesgos identificando las
responsabilidades de todos los agentes implicados.