Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-11843)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76966
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos de acuerdo con lo
establecido en el artículo 56.1.d del EBEP.
En el caso de ser nacional de otro Estado, acreditar no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Certificado médico oficial o informe de salud emitido por el Servicio Gallego de
Salud (SERGAS) de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le
incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a docente de
universidad.
Quien tenga la condición de funcionario o funcionaria de carrera estará exento de
justificar y presentar los documentos de los apartados «c» y «d», debiendo presentar los
aspirantes que no pertenezcan a la Universidade de Vigo certificado (hoja de servicios)
de la universidad u organismo del que dependan que acredite su condición y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios. Los aspirantes que pertenezcan a la
Universidade de Vigo estarán exentos de presentar dicha hoja de servicios.
8.4 El Rector de la Universidade de Vigo efectuará el nombramiento como
funcionario o funcionaria docente de carrera de las personas propuestas por la comisión
en un número que no exceda el de plazas convocadas a concurso, una vez que hayan
acreditado en plazo la documentación requerida. De no hacerlo, el Rector procederá al
nombramiento de la siguiente persona en el orden propuesto.
8.5 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de
conocimiento. Se comunicará al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de
número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá
para su publicación al «Boletín Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se
comunicará al Consejo de Universidades.
8.6 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona propuesta
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de
Universidad.
8.7 Las referencias al centro de adscripción que pueda tener la convocatoria no
supondrán derecho de vinculación exclusiva a tal destino para quien tenga adjudicada la
plaza.
Comisión de Reclamaciones.
9.1 Contra la propuesta de la comisión, las personas admitidas en el concurso
podrán presentar reclamación ante el Rector de la Universidade de Vigo, en el plazo
máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el
tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidade de Vigo. La reclamación se
presentará a través de la sede electrónica (https://sede.uvigo.gal), mediante el
procedimiento SXER→Instancia genérica, dirigida al Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidade de Vigo y con indicación de la referencia de la plaza.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución
definitiva.
9.2 Las reclamaciones que se presenten se anunciarán en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidade de Vigo. Las personas interesadas dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones en orden al contenido de la
reclamación.
9.3 Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidade de Vigo que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los
aspectos puramente procedimentales, y verificará el efectivo respeto, por parte de la
cve: BOE-A-2025-11843
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76966
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos de acuerdo con lo
establecido en el artículo 56.1.d del EBEP.
En el caso de ser nacional de otro Estado, acreditar no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Certificado médico oficial o informe de salud emitido por el Servicio Gallego de
Salud (SERGAS) de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le
incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a docente de
universidad.
Quien tenga la condición de funcionario o funcionaria de carrera estará exento de
justificar y presentar los documentos de los apartados «c» y «d», debiendo presentar los
aspirantes que no pertenezcan a la Universidade de Vigo certificado (hoja de servicios)
de la universidad u organismo del que dependan que acredite su condición y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios. Los aspirantes que pertenezcan a la
Universidade de Vigo estarán exentos de presentar dicha hoja de servicios.
8.4 El Rector de la Universidade de Vigo efectuará el nombramiento como
funcionario o funcionaria docente de carrera de las personas propuestas por la comisión
en un número que no exceda el de plazas convocadas a concurso, una vez que hayan
acreditado en plazo la documentación requerida. De no hacerlo, el Rector procederá al
nombramiento de la siguiente persona en el orden propuesto.
8.5 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de
conocimiento. Se comunicará al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de
número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá
para su publicación al «Boletín Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se
comunicará al Consejo de Universidades.
8.6 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona propuesta
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de
Universidad.
8.7 Las referencias al centro de adscripción que pueda tener la convocatoria no
supondrán derecho de vinculación exclusiva a tal destino para quien tenga adjudicada la
plaza.
Comisión de Reclamaciones.
9.1 Contra la propuesta de la comisión, las personas admitidas en el concurso
podrán presentar reclamación ante el Rector de la Universidade de Vigo, en el plazo
máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el
tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidade de Vigo. La reclamación se
presentará a través de la sede electrónica (https://sede.uvigo.gal), mediante el
procedimiento SXER→Instancia genérica, dirigida al Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidade de Vigo y con indicación de la referencia de la plaza.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución
definitiva.
9.2 Las reclamaciones que se presenten se anunciarán en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidade de Vigo. Las personas interesadas dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones en orden al contenido de la
reclamación.
9.3 Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidade de Vigo que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los
aspectos puramente procedimentales, y verificará el efectivo respeto, por parte de la
cve: BOE-A-2025-11843
Verificable en https://www.boe.es
Novena.