Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Reglamento General de Circulación. (BOE-A-2025-12199)
Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 79098

46. Prohibición de circulación de vehículos con clasificación ambiental determinada por
episodio de contaminación.
47. Otras ordenaciones temporales de tráfico por razones de interés general.

Grupo 2.

Otros mensajes

1.

Tiempos de recorrido.

2.

Campañas de seguridad vial.

3.

Ocupación parking (%).

4.

Ocupación parking (n.º vehículos).

5.

Tiempo espera embarque.

6.

Preaviso de episodios de contaminación.

7.

Previsión de lluvia. Recomendación transporte colectivo.

8.

Zona de Bajas Emisiones.

9.

Medidas limitativas de la circulación y/o el estacionamiento.

10. Eventos de afluencia masiva.

Instrucciones complementarias:
1.º Cualquier mensaje diferente de los establecidos deberá ser
expresamente aprobado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o,
en su caso, la autoridad autonómica de la regulación de tráfico.
2.º En los paneles de mensaje variable nunca se utilizarán más de dos
mensajes alternados.
3.º En el caso de utilizarse paneles de mensajes variables que dispongan de
dos áreas gráficas, se podrá complementar el mensaje incluyendo en la segunda
otro de los pictogramas del tipo.
Elementos de balizamiento y sistemas de contención de vehículos.

3.1
3.1.1

Elementos de balizamiento.
Dispositivos delimitadores:

1.º Dispositivo delimitador fijo: prohíbe el paso a la vía o parte de esta que
delimita.
2.º Dispositivo delimitador móvil: prohíbe temporalmente el paso, mientras se
encuentre en posición transversal a la calzada en un paso a nivel, puesto de peaje
o de aduana, acceso a un establecimiento u otros.
3.º Panel direccional provisional: prohíbe el paso e informa, además, sobre el
sentido de la circulación.
4.º Balizas de borde provisionales, conos o dispositivos análogos: prohíben
el paso a través de la línea real o imaginaria que los une.
5.º Luz roja fija: indica que la calzada está totalmente cerrada al tránsito.
6.º Luces amarillas fijas o intermitentes: prohíben el paso a través de la línea
imaginaria que las une.

cve: BOE-A-2025-12199
Verificable en https://www.boe.es

3.