Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12284)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la gestión de la iniciativa Desafía San Francisco 2025-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80659
de las empresas españolas que participen. Será la comisión de seguimiento la que acuerde
los citados requisitos y criterios, teniendo en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:
• La selección de empresas que vayan a ejecutar las actuaciones objeto del
presente convenio se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia, de acuerdo con las normas de contratación
aplicables a la parte que vaya a ejecutar la actividad.
• La selección de las empresas españolas que participen de las actuaciones de Desafía
San Francisco 2025-2026 se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia. Las actividades podrán ser gratuitas o con coste
para las empresas participantes. Dicho posible coste abonado por las empresas que participen
en las actividades se referirá como «ingreso» en el marco del presente convenio.
– Elaborará y presentará para su aprobación por la comisión de seguimiento la
memoria justificativa anual de los servicios prestados por el adjudicatario que hayan sido
contratados con cargo a los compromisos económicos previstos en este convenio.
– Ejecutará aquellas actividades que la comisión de seguimiento le asigne.
– Se encargará de las cargas pertinentes en el sistema CoFFEE, recabará las
Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) y realizará las preceptivas
consultas a MINERVA.
d)
Obligaciones de la parte no ejecutante:
– Prestar la colaboración necesaria a la otra parte.
– Buscar la complementariedad en sus actuaciones de cara a explotar al máximo las
sinergias existentes.
– Apoyar la captación de empresas objetivo.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Las partes acuerdan destinar a Desafía San Francisco 2025-2026 un presupuesto
máximo de seiscientos mil euros (600.000 €), repartido en las dos (2) anualidades de
duración del convenio (2025 y 2026), con la siguiente distribución por ejercicios:
– Ejercicio 2025: un máximo de cuatrocientos mil euros (400.000 €).
– Ejercicio 2026: un máximo de doscientos mil euros (200.000 €).
Las partes cofinanciarán dicho presupuesto con el siguiente reparto:
Financiación del convenio
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
ICEX
200.000 100.000 300.000
Total
400.000 200.000 600.000
La Comisión de Seguimiento podrá aprobar reajustes de las anualidades de las
aportaciones, en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones
contempladas en el Convenio, siempre que estos reajustes no supongan un incremento
económico del global de la aportación ni del plazo total.
En caso de obtenerse ingresos en la ejecución de las actuaciones acordadas, estos
se destinarán a minorar el coste total de las actuaciones, de modo que las partes, en
proporción a las aportaciones efectuadas, se beneficiarán de los ingresos percibidos.
cve: BOE-A-2025-12284
Verificable en https://www.boe.es
Red.es 200.000 100.000 300.000
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80659
de las empresas españolas que participen. Será la comisión de seguimiento la que acuerde
los citados requisitos y criterios, teniendo en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:
• La selección de empresas que vayan a ejecutar las actuaciones objeto del
presente convenio se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia, de acuerdo con las normas de contratación
aplicables a la parte que vaya a ejecutar la actividad.
• La selección de las empresas españolas que participen de las actuaciones de Desafía
San Francisco 2025-2026 se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia. Las actividades podrán ser gratuitas o con coste
para las empresas participantes. Dicho posible coste abonado por las empresas que participen
en las actividades se referirá como «ingreso» en el marco del presente convenio.
– Elaborará y presentará para su aprobación por la comisión de seguimiento la
memoria justificativa anual de los servicios prestados por el adjudicatario que hayan sido
contratados con cargo a los compromisos económicos previstos en este convenio.
– Ejecutará aquellas actividades que la comisión de seguimiento le asigne.
– Se encargará de las cargas pertinentes en el sistema CoFFEE, recabará las
Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) y realizará las preceptivas
consultas a MINERVA.
d)
Obligaciones de la parte no ejecutante:
– Prestar la colaboración necesaria a la otra parte.
– Buscar la complementariedad en sus actuaciones de cara a explotar al máximo las
sinergias existentes.
– Apoyar la captación de empresas objetivo.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Las partes acuerdan destinar a Desafía San Francisco 2025-2026 un presupuesto
máximo de seiscientos mil euros (600.000 €), repartido en las dos (2) anualidades de
duración del convenio (2025 y 2026), con la siguiente distribución por ejercicios:
– Ejercicio 2025: un máximo de cuatrocientos mil euros (400.000 €).
– Ejercicio 2026: un máximo de doscientos mil euros (200.000 €).
Las partes cofinanciarán dicho presupuesto con el siguiente reparto:
Financiación del convenio
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
ICEX
200.000 100.000 300.000
Total
400.000 200.000 600.000
La Comisión de Seguimiento podrá aprobar reajustes de las anualidades de las
aportaciones, en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones
contempladas en el Convenio, siempre que estos reajustes no supongan un incremento
económico del global de la aportación ni del plazo total.
En caso de obtenerse ingresos en la ejecución de las actuaciones acordadas, estos
se destinarán a minorar el coste total de las actuaciones, de modo que las partes, en
proporción a las aportaciones efectuadas, se beneficiarán de los ingresos percibidos.
cve: BOE-A-2025-12284
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