Ministerio de Juventud E Infancia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-12443)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de la Juventud.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 81525
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma de posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría
de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles
subsanaciones por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo http://www.injuve.es
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web de este Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. Asimismo, las valoraciones podrán ser
también consultadas a través del portal web Funciona.
En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a
contar desde el día siguiente a su publicación.
Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del portal web
Funciona.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Juventud e
Infancia en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente al de la finalización de la
presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
cve: BOE-A-2025-12443
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 81525
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma de posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría
de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles
subsanaciones por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo http://www.injuve.es
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web de este Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. Asimismo, las valoraciones podrán ser
también consultadas a través del portal web Funciona.
En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a
contar desde el día siguiente a su publicación.
Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del portal web
Funciona.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Juventud e
Infancia en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente al de la finalización de la
presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
cve: BOE-A-2025-12443
Verificable en https://www.boe.es
Décima.