Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-12542)
Decreto de 7 de febrero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Responsable del Sistema interno de información a don Manuel Campos Sánchez y suplente del Responsable del Sistema interno de información a don Manuel Campoy Miñarro.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 81933
de las funciones propias del responsable con el cargo que vinieran desempeñando al
momento de su nombramiento.
Segundo.
El cese del Responsable del sistema y del suplente del Responsable corresponderá
igualmente a la persona titular de la Fiscalía General del Estado, lo que se efectuará
mediante decreto debidamente motivado.
Tercero.
Tanto el nombramiento como el cese serán notificados a la Autoridad Independiente
de Protección del Informante dentro de los diez días hábiles siguientes al dictado de la
oportuna resolución.
Cuarto.
El Responsable del sistema desempeñará su cometido con independencia funcional,
no pudiendo recibir ningún tipo de orden o instrucción de sus superiores jerárquicos ni de
cualquier otra autoridad.
En atención a lo expuesto, acuerdo:
1. Nombrar Responsable del sistema interno de información del Ministerio Fiscal al
Excmo. Sr. don Manuel Campos Sánchez, Fiscal de la Sección de lo Contenciosoadministrativo de la Fiscalía del Tribunal Supremo,.
2. Nombrar suplente del Responsable al Ilmo. Sr. don Manuel Campoy Miñarro,
Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, para los supuestos de abstención,
recusación o imposibilidad transitoria.
Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese el presente decreto a los fiscales designados, así como a la Excma. Sra.
Fiscal de Sala Jefa de la Inspección Fiscal, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la
Unidad de Apoyo y a las jefaturas de las Fiscalías donde aquellos se encuentran
destinados.
Asimismo, notifíquese el presente decreto a la Autoridad Independiente de
Protección del Informante.
Cumpliméntese lo acordado.
Madrid, 7 de febrero de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-12542
Verificable en https://www.boe.es
Recursos: Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2
EOMF; STS 20/07/2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección
Fiscal 24/09/2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de
reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de
la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos
establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46
de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 81933
de las funciones propias del responsable con el cargo que vinieran desempeñando al
momento de su nombramiento.
Segundo.
El cese del Responsable del sistema y del suplente del Responsable corresponderá
igualmente a la persona titular de la Fiscalía General del Estado, lo que se efectuará
mediante decreto debidamente motivado.
Tercero.
Tanto el nombramiento como el cese serán notificados a la Autoridad Independiente
de Protección del Informante dentro de los diez días hábiles siguientes al dictado de la
oportuna resolución.
Cuarto.
El Responsable del sistema desempeñará su cometido con independencia funcional,
no pudiendo recibir ningún tipo de orden o instrucción de sus superiores jerárquicos ni de
cualquier otra autoridad.
En atención a lo expuesto, acuerdo:
1. Nombrar Responsable del sistema interno de información del Ministerio Fiscal al
Excmo. Sr. don Manuel Campos Sánchez, Fiscal de la Sección de lo Contenciosoadministrativo de la Fiscalía del Tribunal Supremo,.
2. Nombrar suplente del Responsable al Ilmo. Sr. don Manuel Campoy Miñarro,
Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, para los supuestos de abstención,
recusación o imposibilidad transitoria.
Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese el presente decreto a los fiscales designados, así como a la Excma. Sra.
Fiscal de Sala Jefa de la Inspección Fiscal, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la
Unidad de Apoyo y a las jefaturas de las Fiscalías donde aquellos se encuentran
destinados.
Asimismo, notifíquese el presente decreto a la Autoridad Independiente de
Protección del Informante.
Cumpliméntese lo acordado.
Madrid, 7 de febrero de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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Recursos: Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2
EOMF; STS 20/07/2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección
Fiscal 24/09/2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de
reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de
la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos
establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46
de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.