Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-12580)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de junio de 2025
3.

Sec. II.B. Pág. 82043

Solicitudes

3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso deberá formalizarse
mediante la aplicación disponible en la Sede electrónica de la UB, en el plazo de veinte
días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se publique la
convocatoria en el BOE.
3.2 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 72,05 euros en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo
con lo establecido en la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, relativa a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que se prevén en esta, y deberá acreditarse que se cumplen las condiciones para
disfrutarlas.
El hecho de no pagar las tasas en el plazo de presentación de solicitudes
determinará la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en
el plazo de subsanación.
En ningún caso el pago sustituirá al trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por no cumplir los requisitos, ni tampoco por causa de renuncia de la
persona aspirante o por otras causas que le impidan participar en el proceso selectivo,
salvo por causa de fuerza mayor, que se deberá acreditar.
3.3 Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación, en caso
de no interoperar con las administraciones correspondientes los documentos
interoperables indicados en el formulario de solicitud.
a) Copia del DNI, el NIE o, en el caso de personas extranjeras sin NIE, el
pasaporte.
Las personas aspirantes que no tengan nacionalidad española deberán acreditar que
cumplen los requisitos que les permiten concursar.
b) Copias de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos
específicos de la base 2.2.
c) Copia del certificado acreditativo del nivel C1 de catalán de la Generalitat de
Cataluña o equivalente, o solicitud de acogerse a la excepción prevista en la base 2.1.
d) Justificante del pago de los derechos de examen y, en su caso, acreditación de
la bonificación aplicada.
e) Quien opte por la cuota de reserva para personas con discapacidad deberá
hacer constar en la solicitud la condición legal de persona con discapacidad reconocida
igual o superior al 33 %. Adicionalmente, si procede, para tomar posesión de la plaza
deberá aportar el documento original o una copia auténtica electrónica del dictamen
favorable expedido por el equipo multiprofesional de valoración y orientación a personas
con discapacidad del departamento competente en esta materia de la Generalitat de
Cataluña, que acredite su compatibilidad para llevar a cabo las tareas y funciones del
profesorado titular de universidad.
Asimismo, la persona aspirante con alguna discapacidad (tanto si opta por la cuota
de reserva como si no lo hace) que requiera una adaptación para llevar a cabo la
entrevista, en su caso, o para las tareas propias del puesto de trabajo deberá indicárselo
a la Comisión y aportar una copia simple del informe (o la solicitud de este informe)
emitido por el equipo multiprofesional de valoración de discapacidades del departamento
competente en esta materia de la Generalitat de Cataluña, de acuerdo con lo previsto en
el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas
con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional. El informe emitido que
señale las adaptaciones necesarias para la entrevista, en su caso, deberá presentarse,
como máximo, al día siguiente de la convocatoria de la entrevista. El tribunal decidirá
sobre las peticiones de adaptación que se formulen, teniendo en cuenta los dictámenes
vinculantes emitidos y, en su caso, con el asesoramiento adicional que estime oportuno.

cve: BOE-A-2025-12580
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Núm. 148