Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-12551)
Resolución de 17 de junio de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados, como consecuencia de la implantación de las oficinas judiciales y oficinas generales del Registro Civil de Badalona y L'Hospitalet de Llobregat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 81982
prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, antes de
elaborar la propuesta de admitidos y excluidos que establece esta convocatoria.
2.3 En este último caso, finalizado el plazo de presentación de instancias y una vez
recibidas las solicitudes, se debe publicar en la intranet de la Administración de justicia el
día, la hora y el lugar de realización de la prueba de acreditación de los conocimientos
necesarios de lengua catalana.
Tercera. Requisitos de participación.
Los requisitos de participación se deben cumplir en la fecha en que finalice el plazo
de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria y se
debe mantener el cumplimiento hasta la toma de posesión del puesto de trabajo
adjudicado.
Solicitudes.
4.1 La solicitud para tomar parte en este concurso se debe formalizar según el
modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y se debe presentar en el plazo de
tres días hábiles a contar del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el
DOGC y el BOE. En el supuesto de que la convocatoria no se publique simultáneamente
en el BOE y en el DOGC, se tiene en cuenta la fecha de publicación en el DOGC, de
acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud se debe presentar
mediante registro telemático. En caso de que no sea posible, se puede presentar
mediante una e-Valisa dirigida a la coordinadora de Provisión, la señora Mercè Viger
Morlà.
4.2 El personal aspirante debe consignar en la solicitud de participación los puestos
de trabajo que figuran al anexo 2, siempre que reúna los requisitos que se exigen. En
caso de que el personal opte a más de un puesto de trabajo de un mismo partido judicial,
debe hacer constar el orden de preferencia.
4.3 Hay que adjuntar en la solicitud, en su caso, las fotocopias compulsadas de los
certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud hay que adjuntar también el anexo 4, de declaración de los
méritos y las capacidades que se alegan. Estos méritos y capacidades, si no constan en
el expediente personal de ATRI, se deben acreditar documentalmente mediante las
certificaciones, los títulos, los justificantes o cualquier otro medio documental,
debidamente compulsados.
4.5 Los aspirantes a los cuales hace referencia el punto 1.4 de estas bases deben
adjuntar en la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que
la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de manera
suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la
antigüedad en el cuerpo, relativa al que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.
4.7 Los méritos se valoran con referencia a la fecha en que acaba el plazo de
presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los concursantes y solo se
admiten las renuncias previas en la publicación de la propuesta definitiva en el acuerdo
de la Comisión de Valoración en la intranet de la Administración de justicia. Las
renuncias posteriores a esta fecha no se pueden tener en cuenta.
cve: BOE-A-2025-12551
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 81982
prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, antes de
elaborar la propuesta de admitidos y excluidos que establece esta convocatoria.
2.3 En este último caso, finalizado el plazo de presentación de instancias y una vez
recibidas las solicitudes, se debe publicar en la intranet de la Administración de justicia el
día, la hora y el lugar de realización de la prueba de acreditación de los conocimientos
necesarios de lengua catalana.
Tercera. Requisitos de participación.
Los requisitos de participación se deben cumplir en la fecha en que finalice el plazo
de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria y se
debe mantener el cumplimiento hasta la toma de posesión del puesto de trabajo
adjudicado.
Solicitudes.
4.1 La solicitud para tomar parte en este concurso se debe formalizar según el
modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y se debe presentar en el plazo de
tres días hábiles a contar del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el
DOGC y el BOE. En el supuesto de que la convocatoria no se publique simultáneamente
en el BOE y en el DOGC, se tiene en cuenta la fecha de publicación en el DOGC, de
acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud se debe presentar
mediante registro telemático. En caso de que no sea posible, se puede presentar
mediante una e-Valisa dirigida a la coordinadora de Provisión, la señora Mercè Viger
Morlà.
4.2 El personal aspirante debe consignar en la solicitud de participación los puestos
de trabajo que figuran al anexo 2, siempre que reúna los requisitos que se exigen. En
caso de que el personal opte a más de un puesto de trabajo de un mismo partido judicial,
debe hacer constar el orden de preferencia.
4.3 Hay que adjuntar en la solicitud, en su caso, las fotocopias compulsadas de los
certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud hay que adjuntar también el anexo 4, de declaración de los
méritos y las capacidades que se alegan. Estos méritos y capacidades, si no constan en
el expediente personal de ATRI, se deben acreditar documentalmente mediante las
certificaciones, los títulos, los justificantes o cualquier otro medio documental,
debidamente compulsados.
4.5 Los aspirantes a los cuales hace referencia el punto 1.4 de estas bases deben
adjuntar en la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que
la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de manera
suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la
antigüedad en el cuerpo, relativa al que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.
4.7 Los méritos se valoran con referencia a la fecha en que acaba el plazo de
presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los concursantes y solo se
admiten las renuncias previas en la publicación de la propuesta definitiva en el acuerdo
de la Comisión de Valoración en la intranet de la Administración de justicia. Las
renuncias posteriores a esta fecha no se pueden tener en cuenta.
cve: BOE-A-2025-12551
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Cuarta.