Ministerio de Juventud E Infancia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-12550)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 81961

g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al
de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de personal funcionario que
se encuentre en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de
puesto de trabajo.
h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos SA, en el
caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se
encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan
ocupado su último destino en servicio activo en la misma.
i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, en el caso de personal funcionario de Cuerpos y Escalas de
Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa,
cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.
La persona responsable de la emisión del certificado de méritos deberá incluir todos
los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del
Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el
certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso.
Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos el conocimiento de
las lenguas cooficiales, previa acreditación por parte de la persona que solicita el
certificado, que deberá aportar a la Unidad que debe expedir el mismo, una copia del
título, diploma o certificación expedido por centro público competente o por institución
privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento, de conformidad
con los dispuesto en la Orden de 1990.
Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral.
La documentación que se debe aportar, que contendrá la información actualizada
que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente:
a) El personal funcionario que alegue como supuesto a valorar el destino previo del
cónyuge funcionario o funcionaria, deberá aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de
inscripción matrimonial.
– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del
cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo
obtuvo.
– Documentación acreditativa de que tanto el funcionario o funcionaria que alega
este supuesto de conciliación como su cónyuge, se encuentran residiendo en el mismo
municipio en el que están ubicados sus respectivos puestos de trabajo. No será válida
para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.
b) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración
el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la
adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.
– Para los supuestos contemplados en el apartado 1.5.2 a) de la base cuarta,
consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de
su hija menor de edad, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de
Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación con el
hijo o la hija menor de edad, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del
anexo. No será necesaria aportar este consentimiento si el mismo ya se ha recabado en
el modelo de solicitud de participación en el concurso.

cve: BOE-A-2025-12550
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Núm. 148