Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12797)
Resolución de 12 de junio de 2025, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la realización conjunta del proyecto de I+D+i «Metaloperando».
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Lunes 23 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 83363

En caso de que resulte necesario para la ejecución de este convenio, ambas partes
se comprometen a someter el tratamiento de los datos personales a que tengan acceso,
a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable en materia
de protección de datos. Así, en concreto, se comprometen a gestionar dichos datos de
acuerdo con sus procedimientos establecidos en función del análisis de riesgos y
medidas de seguridad aplicables, emplear los mínimas datos necesarios y recabar el
consentimiento de las personas titulares, informándoles de sus derechos, de cómo
ejercerlos y ante quién y de la finalidad para la que se recaben.
Decimocuarta.

Naturaleza jurídica y resolución de controversias.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sujeto a lo dispuesto
en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo
que pudiera surgir en el desarrollo del presente convenio, a través de la Comisión de
Seguimiento establecida en la cláusula séptima. En caso de que el conflicto no pueda
ser dirimido de modo amistoso, serán competentes para su resolución los órganos
jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo.
No obstante lo anterior, en el exclusivo caso en que se formulen demandas en las
que se ejerciten acciones relativas a propiedad industrial y propiedad intelectual su
conocimiento recaerá en los Juzgados de lo Mercantil, de conformidad con los
artículos 22 y 86 ter de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siendo
el orden contencioso-administrativo el competente para resolver cualquier otra cuestión
referente al contenido del convenio.
Decimoquinta.

Publicidad del convenio.

El presente convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el Portal de Transparencia del CELLS,
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno del Estado y el
artículo 14 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno de la Generalidad de Cataluña.

cve: BOE-A-2025-12797
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben electrónicamente el presente
convenio, constando como fecha de firma la última realizada.–La Directora del CELLS,
Caterina Biscari.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales del
CSIC, Carlos Closa Montero.