Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12954)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Parque FV Orión, SL, de la solicitud de autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Orión FV, de 50,60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Chozas de Canales, Lominchar, Palomeque, Cedillo del Condado, El Viso de San Juan, Illescas y Ugena (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84283
de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, motivada por:
– Transformación sustancial del diseño original del proyecto como consecuencia de
informes condicionados y desfavorables emitidos por distintos organismos durante la
tramitación, lo que ha obligado a:
● Reubicar la planta en superficies no contiguas, dificultando la ejecución y
operación del proyecto.
● Modificar el trazado y soterramiento de las líneas de evacuación, incrementando
notablemente su complejidad y coste.
– Pérdida de viabilidad económica.
– Imposibilidad de obtención de autorizaciones sectoriales esenciales.
– Contexto de disminución significativa de los precios capturados de la energía solar
fotovoltaica, que ha agravado la pérdida de rentabilidad del proyecto.
– Requerimientos adicionales de subsanación emitidos por esta Dirección General,
entre ellos la necesidad de renunciar a parte del proyecto, no han podido ser atendidos
favorablemente debido a los obstáculos técnicos, económicos y administrativos
señalados.
En virtud de todo lo anterior, el promotor manifiesta la imposibilidad de continuar con
la tramitación del proyecto en los términos actuales, solicitando el archivo del expediente
y la devolución de la garantía económica depositada.
Cuarto.
Permisos de acceso y conexión a la red de transporte.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión, con fecha 27 de enero de 2021, de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red
(IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC)
e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación Fuenlabrada 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 22 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio, escrito
de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los permisos
de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 26 de mayo de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción
del proyecto, en el expediente SGIISE/PFot-718.
Con fecha de 4 de junio de 2025, el promotor realiza varios comentarios a la
propuesta que son tenidos en cuenta en la resolución, muestra conformidad con la
propuesta de archivo del expediente y solicita que se proceda a la devolución de la
garantía de acceso y conexión depositada en relación con este proyecto.
Analizada la documentación recibida, en base a los siguientes:
II.
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, en
cve: BOE-A-2025-12954
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84283
de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, motivada por:
– Transformación sustancial del diseño original del proyecto como consecuencia de
informes condicionados y desfavorables emitidos por distintos organismos durante la
tramitación, lo que ha obligado a:
● Reubicar la planta en superficies no contiguas, dificultando la ejecución y
operación del proyecto.
● Modificar el trazado y soterramiento de las líneas de evacuación, incrementando
notablemente su complejidad y coste.
– Pérdida de viabilidad económica.
– Imposibilidad de obtención de autorizaciones sectoriales esenciales.
– Contexto de disminución significativa de los precios capturados de la energía solar
fotovoltaica, que ha agravado la pérdida de rentabilidad del proyecto.
– Requerimientos adicionales de subsanación emitidos por esta Dirección General,
entre ellos la necesidad de renunciar a parte del proyecto, no han podido ser atendidos
favorablemente debido a los obstáculos técnicos, económicos y administrativos
señalados.
En virtud de todo lo anterior, el promotor manifiesta la imposibilidad de continuar con
la tramitación del proyecto en los términos actuales, solicitando el archivo del expediente
y la devolución de la garantía económica depositada.
Cuarto.
Permisos de acceso y conexión a la red de transporte.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión, con fecha 27 de enero de 2021, de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red
(IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC)
e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación Fuenlabrada 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 22 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio, escrito
de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los permisos
de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 26 de mayo de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción
del proyecto, en el expediente SGIISE/PFot-718.
Con fecha de 4 de junio de 2025, el promotor realiza varios comentarios a la
propuesta que son tenidos en cuenta en la resolución, muestra conformidad con la
propuesta de archivo del expediente y solicita que se proceda a la devolución de la
garantía de acceso y conexión depositada en relación con este proyecto.
Analizada la documentación recibida, en base a los siguientes:
II.
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, en
cve: BOE-A-2025-12954
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Quinto.