Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. I. Disposiciones generales. Gas natural. (BOE-A-2025-12964)
Circular 5/2025, de 18 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de información regulatoria de costes de la actividad de distribución de gas natural.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84357
Bloque F7-R3: Reparto primario. Modo separación actividades
Descripción de campos:
Campo
Descripción
Tipo dato
Reglas validación
Código
Actividad.
Código de la actividad que se reparte el coste.
C(7)
Contenido en la Tabla 1.
CECOS origen.
Código del CECOS Auxiliar del que se reparten los
costes.
C(5)
Contenido en la Tabla 2.
CECOS
destino.
Código del CECOS Principal al que se reparten los
costes.
C(≤9)
Contenido en la Tabla 3 y Tabla 4.
Nivel de
dedicación.
Porcentaje (%) del nivel de dedicación del CECOS
auxiliar al CECOS referido.
NP(3,6)
Descripción.
Descripción del método utilizado para la obtención de
los porcentajes declarados
C(≤255)
Debe sumar 100 todas las dedicaciones por CECOS de
origen y actividad.
Bloque F7-R4: Reparto secundario a OFC Inversión. Modo General o de Referencia
Descripción de campos:
Campo
CECOS origen.
Descripción
Código del CECOS principal del que se declaran los
repartos.
Tipo dato
C(9)
Reglas validación
CC-P1/ CC-P2/CC-P7.
Para los centros de mantenimiento de la Tabla 4.
OFC/.
CUCON.
En el caso de Distribución y reguladas vinculadas,
Otras reguladas, Conexas o No Reguladas o
Transporte, código del OFC/CUCON, según el caso.
C(≤33)
Para los OFC:
– En el caso de distribución y reguladas vinculadas, los
contenidos en la Tabla 11.¡Error! No se encuentra el
origen de la referencia.
– En el caso Otras reguladas o No Reguladas, código del
OFC contenidos en Tabla 12.
Concepto de
coste.
Código del Concepto de coste (CDC) inversión.
En el caso de inversiones en Otras reguladas,
Conexas o No Reguladas o Transporte, NA.
C(≤13)
En el caso de Concepto de Coste, Contenido en la
Tabla 14.
Nivel de
dedicación.
Porcentaje (%) del nivel de dedicación del CECOS
Principal al OFC/ CUCON.
NP(3,6)
Debe sumar 100 todas las declaraciones por CECOS de
origen, junto con lo declarado en el Bloque F7-R5.
Descripción.
Descripción del método utilizado para la obtención de
los porcentajes declarados.
C(≤255)
Bloque F7-R5: Reparto secundario a OFC O&M. Modo General
Descripción de campos:
Descripción
CECOS origen.
Código del CECOS principal del que se declaran los
repartos.
OFC/CUCON.
En el caso de Distribución y reguladas vinculadas,
Otras reguladas, Conexas o No Reguladas o
Transporte, código del OFC/CUCON, según el caso.
Tipo dato
C(9)
C(≤33)
Reglas validación
CC-P1/ CC-P2/ CC-P7.
Para los centros de mantenimiento en la Tabla 4.
Los OFC de Distribución contenidos en la Tabla 10.
En el caso de CUCON, estar declarado en el Bloque F18AC1.
Los OFC de resto de actividades, contenidos en la
Tabla 13.
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Campo
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84357
Bloque F7-R3: Reparto primario. Modo separación actividades
Descripción de campos:
Campo
Descripción
Tipo dato
Reglas validación
Código
Actividad.
Código de la actividad que se reparte el coste.
C(7)
Contenido en la Tabla 1.
CECOS origen.
Código del CECOS Auxiliar del que se reparten los
costes.
C(5)
Contenido en la Tabla 2.
CECOS
destino.
Código del CECOS Principal al que se reparten los
costes.
C(≤9)
Contenido en la Tabla 3 y Tabla 4.
Nivel de
dedicación.
Porcentaje (%) del nivel de dedicación del CECOS
auxiliar al CECOS referido.
NP(3,6)
Descripción.
Descripción del método utilizado para la obtención de
los porcentajes declarados
C(≤255)
Debe sumar 100 todas las dedicaciones por CECOS de
origen y actividad.
Bloque F7-R4: Reparto secundario a OFC Inversión. Modo General o de Referencia
Descripción de campos:
Campo
CECOS origen.
Descripción
Código del CECOS principal del que se declaran los
repartos.
Tipo dato
C(9)
Reglas validación
CC-P1/ CC-P2/CC-P7.
Para los centros de mantenimiento de la Tabla 4.
OFC/.
CUCON.
En el caso de Distribución y reguladas vinculadas,
Otras reguladas, Conexas o No Reguladas o
Transporte, código del OFC/CUCON, según el caso.
C(≤33)
Para los OFC:
– En el caso de distribución y reguladas vinculadas, los
contenidos en la Tabla 11.¡Error! No se encuentra el
origen de la referencia.
– En el caso Otras reguladas o No Reguladas, código del
OFC contenidos en Tabla 12.
Concepto de
coste.
Código del Concepto de coste (CDC) inversión.
En el caso de inversiones en Otras reguladas,
Conexas o No Reguladas o Transporte, NA.
C(≤13)
En el caso de Concepto de Coste, Contenido en la
Tabla 14.
Nivel de
dedicación.
Porcentaje (%) del nivel de dedicación del CECOS
Principal al OFC/ CUCON.
NP(3,6)
Debe sumar 100 todas las declaraciones por CECOS de
origen, junto con lo declarado en el Bloque F7-R5.
Descripción.
Descripción del método utilizado para la obtención de
los porcentajes declarados.
C(≤255)
Bloque F7-R5: Reparto secundario a OFC O&M. Modo General
Descripción de campos:
Descripción
CECOS origen.
Código del CECOS principal del que se declaran los
repartos.
OFC/CUCON.
En el caso de Distribución y reguladas vinculadas,
Otras reguladas, Conexas o No Reguladas o
Transporte, código del OFC/CUCON, según el caso.
Tipo dato
C(9)
C(≤33)
Reglas validación
CC-P1/ CC-P2/ CC-P7.
Para los centros de mantenimiento en la Tabla 4.
Los OFC de Distribución contenidos en la Tabla 10.
En el caso de CUCON, estar declarado en el Bloque F18AC1.
Los OFC de resto de actividades, contenidos en la
Tabla 13.
cve: BOE-A-2025-12964
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