Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. I. Disposiciones generales. Gas natural. (BOE-A-2025-12964)
Circular 5/2025, de 18 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de información regulatoria de costes de la actividad de distribución de gas natural.
129 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84408
Atendiendo a la tipología del coste o ingreso, el Sistema IRC establece unas reglas de localización para cada tipo de coste y de ingreso en
los CECOS/OFC que se muestran en las siguientes tablas:
Se localiza en
Nombre Tipo de Coste
CECOS
Cuentas PGC
(orientativo)
Auxiliares
CC-01.1
Consumos.
60-61
CC-02
Consumos de gas de operación.
CC-03
CC-04
Principales
OFC
Transporte
OFC Otras
reguladas
OFC No
Reguladas/
CUCON
OFC
Distribución y
vinculadas
OFC
Transporte
OFC Otras
reguladas
Los consumos relacionados con la operación y mantenimiento
(incluyendo piezas de recambio) de activos afectos a la
actividad de distribución y reguladas vinculadas, transporte,
otras reguladas y no reguladas se localizan en los OFC O&M
correspondientes.
El consumo de odorante asociado a los servicios de
odorización a terceros se localiza en el CUCON de la
actividad conexa correspondiente.
Los consumos relacionados de forma directa con las
actividades de investigación y desarrollo realizadas por la
sociedad se imputarán al CC-04.
El resto (incluidos los gastos no activados por consumos
relativos a materias primas y/o aprovisionamientos de la fase
de construcción de un activo) seguirá las reglas generales de
localización en los CECOS.
X
X
Se localizan en el OFC de O&M correspondiente a la
instalación donde se consume.
Gastos por incentivo de liquidación de
mermas.
60-71
X
X
Se localizan en el OFC de O&M correspondiente a la
instalación donde se producen las diferencias de medición/
mermas.
Gastos de investigación y desarrollo.
620
621
CC-06
Cánones de actividades.
621
X
X
X
X
Reglas de localización
60-61
X
X
OFC No
Reguladas/
CUCON
X
Gastos de arrendamientos.
X
OFC
Distribución y
vinculadas
OFC O&M
X
CC-05
X
OFC Inversión
X
Se localizan íntegramente en el OFC de O&M de la actividad
correspondiente.
X
X
X
X
Se localizan en el CECOS/OFC que ha generado el gasto. En
el caso de los arrendamientos de terrenos sobre los que se
encuentran los activos regulados se localizan en el
correspondiente OFC de O&M.
El resto (incluidos los alquileres relativos a la fase de
construcción de un activo) seguirá las reglas generales de
localización en los CECOS.
X
X
X
X
Se localizan en los OFC de O&M (operación)
correspondientes.
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Código
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84408
Atendiendo a la tipología del coste o ingreso, el Sistema IRC establece unas reglas de localización para cada tipo de coste y de ingreso en
los CECOS/OFC que se muestran en las siguientes tablas:
Se localiza en
Nombre Tipo de Coste
CECOS
Cuentas PGC
(orientativo)
Auxiliares
CC-01.1
Consumos.
60-61
CC-02
Consumos de gas de operación.
CC-03
CC-04
Principales
OFC
Transporte
OFC Otras
reguladas
OFC No
Reguladas/
CUCON
OFC
Distribución y
vinculadas
OFC
Transporte
OFC Otras
reguladas
Los consumos relacionados con la operación y mantenimiento
(incluyendo piezas de recambio) de activos afectos a la
actividad de distribución y reguladas vinculadas, transporte,
otras reguladas y no reguladas se localizan en los OFC O&M
correspondientes.
El consumo de odorante asociado a los servicios de
odorización a terceros se localiza en el CUCON de la
actividad conexa correspondiente.
Los consumos relacionados de forma directa con las
actividades de investigación y desarrollo realizadas por la
sociedad se imputarán al CC-04.
El resto (incluidos los gastos no activados por consumos
relativos a materias primas y/o aprovisionamientos de la fase
de construcción de un activo) seguirá las reglas generales de
localización en los CECOS.
X
X
Se localizan en el OFC de O&M correspondiente a la
instalación donde se consume.
Gastos por incentivo de liquidación de
mermas.
60-71
X
X
Se localizan en el OFC de O&M correspondiente a la
instalación donde se producen las diferencias de medición/
mermas.
Gastos de investigación y desarrollo.
620
621
CC-06
Cánones de actividades.
621
X
X
X
X
Reglas de localización
60-61
X
X
OFC No
Reguladas/
CUCON
X
Gastos de arrendamientos.
X
OFC
Distribución y
vinculadas
OFC O&M
X
CC-05
X
OFC Inversión
X
Se localizan íntegramente en el OFC de O&M de la actividad
correspondiente.
X
X
X
X
Se localizan en el CECOS/OFC que ha generado el gasto. En
el caso de los arrendamientos de terrenos sobre los que se
encuentran los activos regulados se localizan en el
correspondiente OFC de O&M.
El resto (incluidos los alquileres relativos a la fase de
construcción de un activo) seguirá las reglas generales de
localización en los CECOS.
X
X
X
X
Se localizan en los OFC de O&M (operación)
correspondientes.
cve: BOE-A-2025-12964
Verificable en https://www.boe.es
Código