Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-24249)
Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT), por la que se publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la investigación científica de excelencia María de Guzmán 2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Viernes 27 de junio de 2025

Sec. V-B. Pág. 37199

Quinto.- Dotación presupuestaria máxima.
En la línea de actuación 1, Se financiará hasta una cuantía máxima del
ochenta y cinco por ciento del coste de la suscripción de la anualidad 2025, de la
base de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto,
objeto de la solicitud que resulte beneficiaria. En el caso de que el beneficiario
presente para su financiación la suscripción a varias bases de datos de estas
características, solo se financiará por cada anualidad hasta el límite del ochenta y
cinco por ciento de la suscripción de mayor coste.
En la línea de actuación 2, la FECYT financiará hasta una cuantía máxima del
ochenta y cinco por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud
presentada, con un límite máximo de 170.000 euros por solicitud.
Sexto.- Plazo.
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 1
de julio de 2025 y finalizará el día 30 de septiembre de 2025, a las 13 horas (hora
peninsular española).
Una vez elevada a definitiva la solicitud por el responsable de la acción, se
deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del
representante legal de la entidad solicitante.
La firma electrónica del formulario y del resto de la documentación se podrá
realizar durante todo el periodo de presentación de solicitudes y solo se
entenderán debidamente presentadas las solicitudes cuando hayan sido firmadas
electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante antes
de que finalice dicho plazo.
Toda solicitud no firmada electrónicamente por el representante legal en el
momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes se entenderá como no
presentada.
Séptimo.- Órgano de resolución.
La Junta Rectora de la FECYT, por delegación del Patronato de fecha 23 de
junio de 2025, previa autorización de la Secretaría de Estado de Ciencia,
Innovación y Universidades del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,
conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 25 de junio de 2025.- La Directora general de la Fundación Española
para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT), Izaskun Lacunza Aguirrebengoa.

cve: BOE-B-2025-24249
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X