Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2025-13132)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, para la descripción, reproducción y difusión de documentos que se conservan en el Centro Documental de la Memoria Histórica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Viernes 27 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 85163

investigación y difusión, así como con fines relacionados con la gestión de las políticas
públicas de memoria democrática para el reconocimiento de las víctimas y la garantía de
la efectividad de los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición.
Segunda.

Condiciones generales del objeto del convenio.

1. Los trabajos de descripción normalizada y digitalización de la documentación
conservada en el fondo documental del Tribunal de Orden Público con información
relativa a ciudadanos con vecindad en la Comunidad Foral de Navarra se realizarán por
personal contratado a tal efecto por el INM en la sede del CDMH, custodio del fondo
original, dentro del horario de funcionamiento de este, conforme a las instrucciones de su
director. El personal contratado a tal efecto deberá estar suficientemente cualificado para
cada una de las fases de desarrollo del convenio, conforme a los criterios establecidos
en los Archivos Estatales. Así mismo, deberán cumplirse todos los requisitos
establecidos por el Ministerio de Cultura en materia de prevención de riesgos laborales.
La jornada laboral se establecerá, de lunes a viernes, dentro del intervalo (8 h
a 20 h), en función de la normativa laboral, dinámica interna del trabajo del CDMH y
necesidades del presente convenio.
Con carácter previo a la digitalización, el personal contratado realizará las tareas
archivísticas necesarias que se determinen en el correspondiente pliego de
prescripciones técnicas por los técnicos del CDMH, como son la ordenación, foliación y
descripción archivística básica de los procesos y expedientes.
La reproducción digital se atendrá a la normativa técnica y demás recomendaciones
de organismos internacionales y nacionales aplicables en los archivos adscritos al
Ministerio de Cultura.
La contratación de personal técnico por el Instituto Navarro de la Memoria para
realizar la reproducción de la documentación en formato digital no implica relación
laboral alguna del mismo con el Ministerio de Cultura.
El Ministerio de Cultura queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños en
las personas o cosas del personal objeto de la contratación realizada por el INM.
2. En virtud de lo establecido en la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, previa
solicitud de la Dirección General de Memoria Democrática del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática, ambas partes firmantes manifiestan la voluntad de
permitir la posible incorporación futura a este convenio del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática, en igualdad de condiciones con los firmantes,
mediante una adenda al mismo, en la que se determinarán los compromisos y las
obligaciones específicas.
3. En caso de no resultar viable la suscripción de la mencionada adenda, el INM
manifiesta su conformidad con la firma de un acuerdo interministerial entre el Ministerio
de Cultura y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para que ambos
Departamentos ministeriales realicen la descripción archivística básica y la digitalización
de los expedientes del Tribunal de Orden Público, trabajos que se realizarán con
personal contratado al efecto por el Ministerio de Cultura y con cargo a sus
presupuestos.
Compromisos del Instituto Navarro de la Memoria.

1. El INM se compromete a nombrar entre el personal contratado para la realización
de los trabajos mencionados en el punto 1 de la cláusula segunda del presente convenio
una persona como coordinadora del proyecto para dirigir y hacer el seguimiento de la
ejecución de los trabajos.
2. El INM se compromete a aportar los medios materiales y personales necesarios
para la ejecución de los referidos trabajos, sin que ello suponga gasto o coste adicional
alguno para el Ministerio de Cultura.
3. El INM se compromete a contratar, previamente a la digitalización, la
identificación, ordenación, foliación y volcado de la información descriptiva básica de las

cve: BOE-A-2025-13132
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.