Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Servicios mínimos. (BOE-A-2025-13310)
Orden TED/676/2025, de 27 de junio, por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga de los trabajadores de Avincis Aviation España, SAU, adjudicataria de varios contratos de servicios de extinción de incendios forestales para el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86297
Segundo.
Se difiere la fijación de los servicios mínimos para el periodo comprendido entre
las 00:00 horas del 1 de septiembre y las 23:59 horas del día 31 de diciembre de 2025 al
conocimiento de la predicción estacional realizada por AEMET para esos meses o a
cualquier otra circunstancia que sea relevante para definir el nivel de riesgo en incendios
forestales en territorio nacional. La fijación de estos servicios mínimos se determinará
con la suficiente antelación.
Tercero.
La dirección de la empresa Avincis, a la que se trasladará esta orden, informará al
comité de huelga de la misma, así como de los servicios concretos que la empresa ha
considerado protegidos siguiendo los criterios de esta orden. Igualmente comunicará a
los trabajadores declarados en servicios mínimos tal circunstancia.
Cuarto.
Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de
Estado».
Conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta
orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación, o, recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículo 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan interponerse simultáneamente
ambos recursos.
cve: BOE-A-2025-13310
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de junio de 2025.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86297
Segundo.
Se difiere la fijación de los servicios mínimos para el periodo comprendido entre
las 00:00 horas del 1 de septiembre y las 23:59 horas del día 31 de diciembre de 2025 al
conocimiento de la predicción estacional realizada por AEMET para esos meses o a
cualquier otra circunstancia que sea relevante para definir el nivel de riesgo en incendios
forestales en territorio nacional. La fijación de estos servicios mínimos se determinará
con la suficiente antelación.
Tercero.
La dirección de la empresa Avincis, a la que se trasladará esta orden, informará al
comité de huelga de la misma, así como de los servicios concretos que la empresa ha
considerado protegidos siguiendo los criterios de esta orden. Igualmente comunicará a
los trabajadores declarados en servicios mínimos tal circunstancia.
Cuarto.
Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de
Estado».
Conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta
orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación, o, recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículo 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan interponerse simultáneamente
ambos recursos.
cve: BOE-A-2025-13310
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de junio de 2025.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.