Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales. (BOE-A-2025-13262)
Resolución de 18 de junio de 2025, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición, por los turnos libre, restringido y discapacidad, para el Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 85922
causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo.
4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de
no presentarse a las pruebas.
Sexta. Admisión de aspirantes.
1. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las
presentadas, el Tribunal hará pública a través del «Boletín Oficial de las Cortes
Generales» y de las páginas web de cada Cámara la resolución por la que se aprueben
las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresión de
los motivos de exclusión en cada caso.
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», podrán
presentarse reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que se
hubiera incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión o la no inclusión
expresa.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a
petición de la persona interesada.
2. Transcurrido el plazo de subsanación, el Tribunal hará pública en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales» la resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, relaciones que, junto con dicha
resolución, se publicarán asimismo en la página web de cada Cámara.
3. Las relaciones de personas aspirantes, tanto admitidas como excluidas, se
ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real
Academia Española, y la identificación se hará mediante nombre y apellidos, añadiendo
cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, de acuerdo con
lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos.
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»
y en las páginas web de las Cámaras mencionadas en los apartados anteriores surtirá
los efectos de la notificación.
Séptima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del proceso por la misma y a la superación de las fases que, en su caso,
hubieran quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una
demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la
publicación de la relación de aspirantes que hayan superado la oposición.
Estructura, desarrollo y calificación de las pruebas.
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de diciembre de 2025. El lugar,
fecha y hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos en la
misma resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, y con quince días hábiles de antelación como mínimo a
la fecha de celebración del primer ejercicio.
2. Una vez comenzada la oposición, los sucesivos anuncios se harán públicos por
el Tribunal en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado.
cve: BOE-A-2025-13262
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 85922
causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo.
4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de
no presentarse a las pruebas.
Sexta. Admisión de aspirantes.
1. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las
presentadas, el Tribunal hará pública a través del «Boletín Oficial de las Cortes
Generales» y de las páginas web de cada Cámara la resolución por la que se aprueben
las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresión de
los motivos de exclusión en cada caso.
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», podrán
presentarse reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que se
hubiera incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión o la no inclusión
expresa.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a
petición de la persona interesada.
2. Transcurrido el plazo de subsanación, el Tribunal hará pública en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales» la resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, relaciones que, junto con dicha
resolución, se publicarán asimismo en la página web de cada Cámara.
3. Las relaciones de personas aspirantes, tanto admitidas como excluidas, se
ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real
Academia Española, y la identificación se hará mediante nombre y apellidos, añadiendo
cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, de acuerdo con
lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos.
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»
y en las páginas web de las Cámaras mencionadas en los apartados anteriores surtirá
los efectos de la notificación.
Séptima.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del proceso por la misma y a la superación de las fases que, en su caso,
hubieran quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una
demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la
publicación de la relación de aspirantes que hayan superado la oposición.
Estructura, desarrollo y calificación de las pruebas.
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de diciembre de 2025. El lugar,
fecha y hora que se señalen para la iniciación de las pruebas se harán públicos en la
misma resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, y con quince días hábiles de antelación como mínimo a
la fecha de celebración del primer ejercicio.
2. Una vez comenzada la oposición, los sucesivos anuncios se harán públicos por
el Tribunal en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado.
cve: BOE-A-2025-13262
Verificable en https://www.boe.es
Octava.