Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-13281)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Guadalajara, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86116
Atanzón, Auñón, Azuqueca de Henares, Barriopedro, Berninches, Brihuega, Budia,
Cabanillas del Campo, Campillo de Ranas, Canredondo, Cañizar, Casa de Uceda, Casas
de San Galindo, Caspueñas, Castilforte, Centenera, Chillarón del Rey, Chiloeches,
Cifuentes, Ciruelas, Cogollor, Cogolludo, Copernal, Driebes, Durón, El Cardoso de la
Sierra, El Casar, El Cubillo de Uceda, El Olivar, El Recuenco, El Sotillo, Escamilla,
Escariche, Escopete, Espinosa de Henares, Esplegares, Fontanar, Fuencemillán,
Fuentelahiguera de Albatages, Fuentelencina, Fuentelviejo, Fuentenovilla, Gajanejos,
Galápagos, Henche, Heras de Ayuso, Hita, Hontoba, Horche, Hueva, Humanes, Illana,
Irueste, La Mierla, Las Inviernas, Ledanca, Loranca de Tajuña, Lupiana, Majaelrayo,
Málaga del Fresno, Malaguilla, Mantiel, Marchamalo, Masegoso de Tajuña, Matarrubia,
Mazuecos, Membrillera, Millana, Miralrío, Mohernando, Monasterio, Mondéjar, Montarrón,
Moratilla de los Meleros, Muduex, Ocentejo, Pareja, Pastrana, Peñalver, Peralveche,
Pioz, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Puebla de Beleña, Puebla de Valles,
Quer, Renera, Retiendas, Riba de Saelices, Robledillo de Mohernando, Romanones,
Sacecorbo, Sacedón, Saelices de la Sal, Salmerón, San Andrés del Rey, Sayatón,
Solanillos del Extremo, Sotodosos, Tamajón, Taragudo, Tendilla, Torija, Torre del Burgo,
Torrecuadradilla, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Tortuero, Trijueque, Trillo, Uceda,
Utande, Valdarachas, Valdearenas, Valdeavellano, Valdeaveruelo, Valdeconcha,
Valdegrudas, Valdenuño Fernández, Valdepeñas de la Sierra, Valderrebollo, Valdesotos,
Valfermoso de Tajuña, Valtablado del Río, Villanueva de Argecilla, Villanueva de la Torre,
Villaseca de Uceda, Viñuelas, Yebes, Yebra, Yélamos de Abajo, Yélamos de Arriba,
Yunquera de Henares y Zorita de los Canes, según resultan creadas en virtud de lo
dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas
de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas
en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por
la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva
de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Guadalajara y en las secretarías o
unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados
de Abánades, Alaminos, Alarilla, Albalate de Zorita, Albares, Alcocer, Aldeanueva de
Guadalajara, Alhóndiga, Alique, Almoguera, Almonacid de Zorita, Alocén, Alovera,
Aranzueque, Arbancón, Arbeteta, Argecilla, Armallones, Armuña de Tajuña, Atanzón,
Auñón, Azuqueca de Henares, Barriopedro, Berninches, Brihuega, Budia, Cabanillas del
Campo, Campillo de Ranas, Canredondo, Cañizar, Casa de Uceda, Casas de San
Galindo, Caspueñas, Castilforte, Centenera, Chillarón del Rey, Chiloeches, Cifuentes,
Ciruelas, Cogollor, Cogolludo, Copernal, Driebes, Durón, El Cardoso de la Sierra,
El Casar, El Cubillo de Uceda, El Olivar, El Recuenco, El Sotillo, Escamilla, Escariche,
Escopete, Espinosa de Henares, Esplegares, Fontanar, Fuencemillán, Fuentelahiguera
de Albatages, Fuentelencina, Fuentelviejo, Fuentenovilla, Gajanejos, Galápagos,
Henche, Heras de Ayuso, Hita, Hontoba, Horche, Hueva, Humanes, Illana, Irueste,
La Mierla, Las Inviernas, Ledanca, Loranca de Tajuña, Lupiana, Majaelrayo, Málaga del
Fresno, Malaguilla, Mantiel, Marchamalo, Masegoso de Tajuña, Matarrubia, Mazuecos,
Membrillera, Millana, Miralrío, Mohernando, Monasterio, Mondéjar, Montarrón, Moratilla
de los Meleros, Muduex, Ocentejo, Pareja, Pastrana, Peñalver, Peralveche, Pioz, Pozo
de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Puebla de Beleña, Puebla de Valles, Quer, Renera,
cve: BOE-A-2025-13281
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Tercero.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86116
Atanzón, Auñón, Azuqueca de Henares, Barriopedro, Berninches, Brihuega, Budia,
Cabanillas del Campo, Campillo de Ranas, Canredondo, Cañizar, Casa de Uceda, Casas
de San Galindo, Caspueñas, Castilforte, Centenera, Chillarón del Rey, Chiloeches,
Cifuentes, Ciruelas, Cogollor, Cogolludo, Copernal, Driebes, Durón, El Cardoso de la
Sierra, El Casar, El Cubillo de Uceda, El Olivar, El Recuenco, El Sotillo, Escamilla,
Escariche, Escopete, Espinosa de Henares, Esplegares, Fontanar, Fuencemillán,
Fuentelahiguera de Albatages, Fuentelencina, Fuentelviejo, Fuentenovilla, Gajanejos,
Galápagos, Henche, Heras de Ayuso, Hita, Hontoba, Horche, Hueva, Humanes, Illana,
Irueste, La Mierla, Las Inviernas, Ledanca, Loranca de Tajuña, Lupiana, Majaelrayo,
Málaga del Fresno, Malaguilla, Mantiel, Marchamalo, Masegoso de Tajuña, Matarrubia,
Mazuecos, Membrillera, Millana, Miralrío, Mohernando, Monasterio, Mondéjar, Montarrón,
Moratilla de los Meleros, Muduex, Ocentejo, Pareja, Pastrana, Peñalver, Peralveche,
Pioz, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Puebla de Beleña, Puebla de Valles,
Quer, Renera, Retiendas, Riba de Saelices, Robledillo de Mohernando, Romanones,
Sacecorbo, Sacedón, Saelices de la Sal, Salmerón, San Andrés del Rey, Sayatón,
Solanillos del Extremo, Sotodosos, Tamajón, Taragudo, Tendilla, Torija, Torre del Burgo,
Torrecuadradilla, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Tortuero, Trijueque, Trillo, Uceda,
Utande, Valdarachas, Valdearenas, Valdeavellano, Valdeaveruelo, Valdeconcha,
Valdegrudas, Valdenuño Fernández, Valdepeñas de la Sierra, Valderrebollo, Valdesotos,
Valfermoso de Tajuña, Valtablado del Río, Villanueva de Argecilla, Villanueva de la Torre,
Villaseca de Uceda, Viñuelas, Yebes, Yebra, Yélamos de Abajo, Yélamos de Arriba,
Yunquera de Henares y Zorita de los Canes, según resultan creadas en virtud de lo
dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas
de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas
en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por
la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva
de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Guadalajara y en las secretarías o
unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados
de Abánades, Alaminos, Alarilla, Albalate de Zorita, Albares, Alcocer, Aldeanueva de
Guadalajara, Alhóndiga, Alique, Almoguera, Almonacid de Zorita, Alocén, Alovera,
Aranzueque, Arbancón, Arbeteta, Argecilla, Armallones, Armuña de Tajuña, Atanzón,
Auñón, Azuqueca de Henares, Barriopedro, Berninches, Brihuega, Budia, Cabanillas del
Campo, Campillo de Ranas, Canredondo, Cañizar, Casa de Uceda, Casas de San
Galindo, Caspueñas, Castilforte, Centenera, Chillarón del Rey, Chiloeches, Cifuentes,
Ciruelas, Cogollor, Cogolludo, Copernal, Driebes, Durón, El Cardoso de la Sierra,
El Casar, El Cubillo de Uceda, El Olivar, El Recuenco, El Sotillo, Escamilla, Escariche,
Escopete, Espinosa de Henares, Esplegares, Fontanar, Fuencemillán, Fuentelahiguera
de Albatages, Fuentelencina, Fuentelviejo, Fuentenovilla, Gajanejos, Galápagos,
Henche, Heras de Ayuso, Hita, Hontoba, Horche, Hueva, Humanes, Illana, Irueste,
La Mierla, Las Inviernas, Ledanca, Loranca de Tajuña, Lupiana, Majaelrayo, Málaga del
Fresno, Malaguilla, Mantiel, Marchamalo, Masegoso de Tajuña, Matarrubia, Mazuecos,
Membrillera, Millana, Miralrío, Mohernando, Monasterio, Mondéjar, Montarrón, Moratilla
de los Meleros, Muduex, Ocentejo, Pareja, Pastrana, Peñalver, Peralveche, Pioz, Pozo
de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Puebla de Beleña, Puebla de Valles, Quer, Renera,
cve: BOE-A-2025-13281
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Tercero.