Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-13280)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Cuenca, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86111

Narboneta, Olmeda de la Cuesta, Olmedilla de Eliz, Pajarón, Pajaroncillo, Palomera,
Portilla, Poyatos, Priego, Reíllo, Salinas del Manzano, Salmeroncillos, Salvacañete, San
Lorenzo de la Parrilla, San Martín de Boniches, San Pedro Palmiches, Santa Cruz de
Moya, Santa María del Val, Sotorribas, Talayuelas, Tejadillos, Torralba, Tragacete, Uña,
Valdemeca, Valdemorillo de la Sierra, Valdemoro-Sierra, Valdeolivas, Valdetórtola,
Valsalobre, Valverde de Júcar, Vega del Codorno, Villaconejos de Trabaque, Villalba de
la Sierra, Villar de Domingo García, Villar de Olalla, Villar del Humo, Villar del Infantado,
Villar y Velasco, Villarejo de la Peñuela, Villarejo-Periesteban, Villas de la Ventosa,
Villaverde y Pasaconsol, Víllora, Vindel, Yémeda, Zafrilla y Zarzuela, según resultan
creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición
adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las
demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.

El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Cuenca y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Abia de
la Obispalía, Albaladejo del Cuende, Albalate de las Nogueras, Albendea, Alcalá de la
Vega, Alcantud, Alcohujate, Algarra, Aliaguilla, Altarejos, Arandilla del Arroyo, Arcas,
Arcos de la Sierra, Arguisuelas, Arrancacepas, Bascuñana de San Pedro, Beamud,
Belmontejo, Beteta, Boniches, Buciegas, Buenache de la Sierra, Campillos-Paravientos,
Campillos-Sierra, Canalejas del Arroyo, Cañada del Hoyo, Cañamares, Cañaveras,
Cañaveruelas, Cañete, Cañizares, Carboneras de Guadazaón, Cardenete, Carrascosa,
Casas de Garcimolina, Castejón, Castillejo-Sierra, Castillo-Albaráñez, Chillarón de
Cuenca, Cueva del Hierro, El Pozuelo, Fresneda de Altarejos, Fresneda de la Sierra,
Fuentelespino de Moya, Fuentenava de Jábaga, Fuentes, Fuertescusa, Garaballa,
Gascueña, Graja de Campalbo, Henarejos, Huélamo, Huérguina, Huerta de la Obispalía,
Huerta del Marquesado, La Cierva, La Frontera, La Parra de las Vegas, Laguna del
Marquesado, Lagunaseca, Landete, Las Majadas, Las Valeras, Los Valdecolmenas,
Mariana, Masegosa, Mira, Mota de Altarejos, Moya, Narboneta, Olmeda de la Cuesta,
Olmedilla de Eliz, Pajarón, Pajaroncillo, Palomera, Portilla, Poyatos, Priego, Reíllo,
Salinas del Manzano, Salmeroncillos, Salvacañete, San Lorenzo de la Parrilla, San
Martín de Boniches, San Pedro Palmiches, Santa Cruz de Moya, Santa María del Val,
Sotorribas, Talayuelas, Tejadillos, Torralba, Tragacete, Uña, Valdemeca, Valdemorillo de
la Sierra, Valdemoro-Sierra, Valdeolivas, Valdetórtola, Valsalobre, Valverde de Júcar,
Vega del Codorno, Villaconejos de Trabaque, Villalba de la Sierra, Villar de Domingo
García, Villar de Olalla, Villar del Humo, Villar del Infantado, Villar y Velasco, Villarejo de
la Peñuela, Villarejo-Periesteban, Villas de la Ventosa, Villaverde y Pasaconsol, Víllora,
Vindel, Yémeda, Zafrilla y Zarzuela, continuará desarrollando sus funciones en las
oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la
Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el
artículo segundo.

cve: BOE-A-2025-13280
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Tercero.