Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13300)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia matemática, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025
10.

Sec. III. Pág. 86217

Evaluación y seguimiento

El programa se desarrollará teniendo en cuenta las siguientes fases en las que se
establecen mecanismos de seguimiento y evaluación:
1.

Planificación.

Aprobado el programa y una vez recibidos los fondos para la financiación de este, la
comunidad autónoma enviará al MEFPD un informe inicial, antes del 30 de noviembre
de 2025, que deberá estar firmado digitalmente, en el que se consignarán todos los
datos de seguimiento relacionados con los objetivos, actuaciones, financiación,
asesores, formación, identificación de centros, difusión y otros.
2.

Desarrollo.

El MEFPD y las comunidades autónomas se comprometen a designar y mantener
una estructura de coordinación para la implementación, apoyo y seguimiento del
programa, con la constitución de una comisión de seguimiento formada por los
responsables que para ello nombren las partes y que se reunirá, de común acuerdo,
cuando sea necesario y al menos una vez cada seis meses. Esta comisión será
coordinada por el MEFPD que se encargará de su convocatoria y de la recopilación de la
información facilitada por las comunidades autónomas.
Durante el curso escolar, las administraciones podrán hacer los ajustes necesarios
en las medidas diseñadas para asegurar el logro de los objetivos. Dichas modificaciones
se reflejarán en la memoria evaluativa.
Asimismo, se establecerán:
a) Reuniones bilaterales para resolver cuestiones puntuales con técnicos de
comunidades autónomas, bien porque lo solicitan, bien porque el INEE, unidad técnica
que coordina el grupo de trabajo, lo considera necesario.
b) Jornadas presenciales de coordinación o de buenas prácticas en las que se
colabora y comparte el conocimiento entre administraciones y aplicadores. Las jornadas
previstas se desarrollarán de forma periódica durante cada uno de los años de ejecución
del programa.
c) Cuestionarios de recogida de información sobre la implementación del programa:
centros educativos por provincias, alumnado participante por etapas, etc.
3.

Evaluación del programa.

Para el seguimiento de este programa se tendrá en cuenta la aplicación de la
Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas
públicas en la Administración General del Estado.
11.

Justificación y verificación

A los efectos de la justificación del libramiento, las Comunidades Autónomas
custodiarán y a su vez, remitirán al Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes, antes del 31 de marzo de 2027 de acuerdo con el artículo 86.2.séptima

cve: BOE-A-2025-13300
Verificable en https://www.boe.es

– Los centros educativos evaluarán cada curso escolar la implantación del programa
y el grado de consecución de los objetivos del Plan de mejora de la competencia
matemática en el centro.
– La comisión de seguimiento mixta de las CC.AA. y el MEFPD supervisará
la implantación y desarrollo del programa.
– El MEFPD, a través del INEE, realizará una evaluación global del programa,
al finalizar este, según el diseño propuesto por el comité científico.