Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13275)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86052
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de
admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes con
indicación en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: http://docentes.us.es - Oferta
de Empleo Público- Profesor Cuerpos Docentes LOSU -Convocatorias y estará
condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan
elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido
remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación. Para la elaboración
de dichos criterios habrá de tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 33.1 del Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos, que dispone que se valorará la experiencia docente y la
experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del conocimiento,
que tendrán una consideración análoga en el conjunto de los referidos criterios de
valoración de los méritos del candidato; su proyecto docente e investigador, así como
contrastar sus capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección,
en sesión pública, en la correspondiente materia o especialidad. Asimismo, deberá
valorarse la actividad asistencial de los candidatos, en su caso.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2 Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las
listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es –
Oferta de Empleo Público – Profesor Cuerpos Docentes LOSU - Convocatorias).
Asimismo, se comunicará al presidente de la comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en
la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10.7 de los Estatutos de la Universidad de
Sevilla, y contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación
«Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la
Universidad de Sevilla (https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el
plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, conforme a
lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-
cve: BOE-A-2025-13275
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86052
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de
admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes con
indicación en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: http://docentes.us.es - Oferta
de Empleo Público- Profesor Cuerpos Docentes LOSU -Convocatorias y estará
condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan
elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido
remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación. Para la elaboración
de dichos criterios habrá de tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 33.1 del Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos, que dispone que se valorará la experiencia docente y la
experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del conocimiento,
que tendrán una consideración análoga en el conjunto de los referidos criterios de
valoración de los méritos del candidato; su proyecto docente e investigador, así como
contrastar sus capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección,
en sesión pública, en la correspondiente materia o especialidad. Asimismo, deberá
valorarse la actividad asistencial de los candidatos, en su caso.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2 Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las
listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es –
Oferta de Empleo Público – Profesor Cuerpos Docentes LOSU - Convocatorias).
Asimismo, se comunicará al presidente de la comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en
la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10.7 de los Estatutos de la Universidad de
Sevilla, y contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación
«Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la
Universidad de Sevilla (https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el
plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, conforme a
lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-
cve: BOE-A-2025-13275
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156