Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13276)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 86080

tendrán una consideración análoga en el conjunto de los referidos criterios de valoración
de los méritos del candidato; su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus
capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección, en sesión
pública, en la correspondiente materia o especialidad. Asimismo, deberá valorarse la
actividad asistencial de los candidatos, en su caso.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2 Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las
listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - Profesor Cuerpos Docentes LOSU - Convocatorias).
Asimismo, se comunicará al Presidente de la Comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en
la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10.7 de los Estatutos de la Universidad de
Sevilla, y contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación
«Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la
Universidad de Sevilla (https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el
plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, conforme a
lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
5.

Comisiones

5.1 El presente concurso será resuelto por las comisiones constituidas al efecto, en
la forma establecida en el artículo 106 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, y
que se relacionan en el anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
Régimen Jurídico del Sector Público que dispone que las autoridades y el personal al
servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias que se
señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo
comunicarán al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen como motivos de
abstención los siguientes:
– Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
– Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y

cve: BOE-A-2025-13276
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