Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13380)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86651
propuestas de nombramientos, de este procedimiento selectivo de concurrencia
competitiva se llevarán a cabo a través de la sede electrónica de la Universidad de las
Illes Balears en su tablón electrónico oficial.
2.
Requisitos de los candidatos
2.1 Requisitos generales. Para ser admitido en las presentes pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales de acceso a la función
Pública (artículos 56 –«Requisitos generales»– y 57 –«Acceso al empleo público de
nacionales de otros Estados»– del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) y, en
particular:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57
del Estatuto del Empleado Público.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Requisitos específicos:
a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Titulares de Universidad de acuerdo
con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, o el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por los que se establece la acreditación nacional para
el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o bien cumplir alguno de los siguientes
requisitos:
a.1) Ser funcionario del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente
universitario de equivalente o superior categoría.
a.2) Ser profesor de una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea,
en las condiciones establecidas en la disposición adicional cuarta del Real
Decreto 1312/2007, y estar en posesión de la certificación a que hace referencia la
mencionada disposición adicional.
b) No podrán participar en los concursos de acceso quienes ostenten la condición
de catedrático o profesor titular en otra Universidad, obtenida mediante concurso de
acceso, salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma, durante al
menos dos años de conformidad con el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de
octubre.
cve: BOE-A-2025-13380
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86651
propuestas de nombramientos, de este procedimiento selectivo de concurrencia
competitiva se llevarán a cabo a través de la sede electrónica de la Universidad de las
Illes Balears en su tablón electrónico oficial.
2.
Requisitos de los candidatos
2.1 Requisitos generales. Para ser admitido en las presentes pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales de acceso a la función
Pública (artículos 56 –«Requisitos generales»– y 57 –«Acceso al empleo público de
nacionales de otros Estados»– del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) y, en
particular:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57
del Estatuto del Empleado Público.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Requisitos específicos:
a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Titulares de Universidad de acuerdo
con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, o el Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, por los que se establece la acreditación nacional para
el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o bien cumplir alguno de los siguientes
requisitos:
a.1) Ser funcionario del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente
universitario de equivalente o superior categoría.
a.2) Ser profesor de una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea,
en las condiciones establecidas en la disposición adicional cuarta del Real
Decreto 1312/2007, y estar en posesión de la certificación a que hace referencia la
mencionada disposición adicional.
b) No podrán participar en los concursos de acceso quienes ostenten la condición
de catedrático o profesor titular en otra Universidad, obtenida mediante concurso de
acceso, salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma, durante al
menos dos años de conformidad con el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de
octubre.
cve: BOE-A-2025-13380
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