Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13399)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Educacional El Pilar, para la constitución del Instituto Hispano-Chileno El Pilar como centro de convenio en Chile.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Martes 1 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 86833

7. Obligación de colaboración: La Fundación Educacional El Pilar proporcionará la
información que le solicite el MEFPD de España, en relación con la organización y
funcionamiento del Instituto Hispano-Chileno El Pilar, así como los datos estadísticos
necesarios, y facilitará las funciones de supervisión a la Inspección Central de Educación
del MEFPD, facilitando, asimismo, las funciones de supervisión y control del MEFPD en
relación con la correcta impartición de las enseñanzas en el centro, la adecuación de su
contenido al currículo integrado y los horarios y la correcta evaluación de las materias
españolas a los efectos de obtener los títulos de ESO y Bachillerato españoles.
B.

Compromisos y obligaciones del MEFPD:

1. Titulación: El MEFPD podrá otorgar validez en el sistema educativo español a los
estudios cursados en el Instituto Hispano-Chileno El Pilar y expedir los títulos
académicos correspondientes, en los términos y condiciones que se establecen en la
cláusula siguiente.
2. Formación del profesorado y materiales didácticos: El MEFPD colaborará en el
diseño de materiales didácticos y actividades de formación del profesorado que imparta
las materias del currículo español en el centro.
3. Actividades culturales: El MEFPD impulsará en el centro la organización de
actividades de difusión y proyección de la lengua y la cultura españolas, a través de sus
propios servicios en el exterior, en colaboración con los servicios culturales de la
correspondiente representación diplomática española y, en su caso, con los centros del
Instituto Cervantes.
4. Supervisión: El MEFPD velará, a través de los Servicios de Inspección Central de
Educación, por la correcta impartición en el centro de las enseñanzas españolas,
comprobando especialmente la adecuación de los contenidos de los currículos de Lengua y
Literatura española y de Geografía e Historia de España a lo establecido en la Resolución
de 4 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se
aprueban orientaciones curriculares de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y
de «Geografía e Historia de España» para los programas de educación en el exterior que, en
el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos
españoles de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, o a la normativa
que la sustituya según los desarrollos curriculares de la Ley de Educación en vigor.
Asimismo, la Inspección Central de Educación verificará los horarios destinados a
estas materias y la correcta evaluación de estas, y supervisará las medidas curriculares y
organizativas, a los efectos de la concesión de los títulos españoles.
Tercera.

Expedición de títulos españoles.

A. Expedición del título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria:

a) Haber superado los estudios equivalentes del sistema educativo del país.
b) Haber superado los conocimientos sobre las enseñanzas españolas según los
criterios de evaluación determinados por las autoridades españolas.
c) Haber realizado en el centro, o en otro centro con enseñanzas españolas
reconocidas, al menos los cuatro cursos de su sistema educativo que el MEFPD haya
equiparado a los cuatro que constituyen la Educación Secundaria Obligatoria española,
con las enseñanzas españolas establecidas.
B.

Expedición del título español de Bachiller:

Para la obtención del título español de Bachiller, con carácter genérico sin
especificación de modalidad, el alumnado del centro debe cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber superado los estudios equivalentes del sistema educativo del país.

cve: BOE-A-2025-13399
Verificable en https://www.boe.es

Para la obtención del título español de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, el alumnado del centro debe cumplir los siguientes requisitos: