Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-13391)
Resolución 420/38299/2025, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la realización de prácticas académicas tuteladas en dependencias del Arsenal de Cartagena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Martes 1 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 86785

b) Por la UPCT: el Rector Magnífico, o persona en quien delegue, y un profesor de
la citada Universidad.
La Presidencia de la Comisión será anual y rotatoria entre ambas partes,
correspondiendo el primer turno al MDEF. Las decisiones se adoptarán por unanimidad
de las partes.
Se reunirá con periodicidad anual. No obstante, el Presidente de la Comisión, por
propia iniciativa o a petición de cualquiera de las partes, podrá convocar las reuniones
extraordinarias que considere oportunas para tratar aquellos asuntos que, por su
importancia, urgencia y necesidad de resolución, así lo requieran. Asimismo, y a
instancia de alguna de las partes, podrán convocarse a expertos ajenos a la Comisión,
para informar o aclarar sobre determinadas materias de interés.
Tendrá los siguientes cometidos:
a) Proponer anualmente el contenido de la colaboración para cada curso docente.
b) Velar por su estricto cumplimiento, analizar las actuaciones llevadas a cabo por
ambas partes y los objetivos alcanzados.
c) Proponer la prórroga del convenio.
d) Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, que
serán incorporados en forma de adenda tras su aprobación por ambas partes.
Por otra parte, se cumplimentarán las siguientes medidas de control:

Sexta.

Obligaciones del Alumnado.

a) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor, asignado por el Almirante Jefe del ARCART, y bajo la supervisión
del tutor académico de la Universidad.
b) Incorporarse al ARCART en la fecha acordada, cumplir con el horario previsto,
con el Proyecto Formativo y demás condiciones de este convenio; así como respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

cve: BOE-A-2025-13391
Verificable en https://www.boe.es

a) El estudiante en prácticas queda sujeto al horario del ARCART. El estudiante
tendrá derecho a permiso dentro del horario de las prácticas, para cumplir con su
actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación
con antelación suficiente a la dependencia del ARCART donde desarrolle sus prácticas.
b) El estudiante estará tutorizado por personal destinado en el ARCART.
c) Las prácticas tendrán la duración prevista en la normativa de la UPCT para la
realización de prácticas de los estudiantes en entidades colaboradoras, sin que en
ningún caso pueda exceder el 50 % de la duración de un curso académico, salvo las
excepciones que puedan estar recogidas en la citada normativa.
d) El SIPEM facilitará al alumno el correspondiente formulario para este Proyecto
Formativo y que habrá de cumplimentarse por cada estudiante y práctica, y que recogerá
la información básica del estudiante, del ARCART, de los tutores académico y
profesional, de las características de la práctica a realizar: lugar, horario, periodo de
realización y ayuda a percibir; del Proyecto Formativo y de cualquier otro dato que se
considere de interés.
e) El Proyecto Formativo deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a
desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas,
genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados. En cualquier caso, se procurará que el Proyecto
Formativo se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades,
no discriminación y accesibilidad universal.
f) El SIPEM, junto con las Facultades, Escuelas y Centros adscritos, es el servicio
responsable de la gestión, tramitación y supervisión de los convenios necesarios para la
realización de las prácticas externas.