Ministerio de Juventud E InfanciaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25049)
Extracto de la Resolución de 27 de junio de 2025 de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan ayudas para la realización de las actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de educación no formal, línea de Juventud, del Programa «Erasmus+», para 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38395
1. El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del
Programa "Erasmus+" es desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en
la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre
jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión,
favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad
de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de
las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la
cooperación europea en el ámbito de la juventud.
2. La presente convocatoria de subvenciones se enmarca en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio al que está adscrito el Instituto de la
Juventud, el Ministerio de Juventud e Infancia, contribuyendo a la consecución de
sus objetivos estratégicos: promocionar los servicios sociales y el fomento de la
cooperación con las organizaciones no gubernamentales e impulsar el voluntariado
social; contribuir a la promoción y el desarrollo de las políticas dirigidas a las
personas con discapacidad; promover la igualdad de oportunidades entre los
jóvenes y favorecer su participación en el desarrollo político, social, económico y
cultural de España; impulsar y cooperar en la implementación de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible. El cumplimiento de los citados objetivos se medirá
según los indicadores establecidos en el Plan Estratégico.
3. Se podrán solicitar proyectos en las siguientes líneas de acción:
Línea de acción de movilidad, que puede comprender las siguientes acciones:
proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos
de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), actividades de
participación juvenil (KA154), así como la acción de inclusión de la iniciativa
DiscoverEU (KA155).
Línea de acción para la Cooperación, que puede comprender las siguientes
acciones: Asociaciones de cooperación (KA220) y Asociaciones a pequeña escala
(KA210).
Línea de acción de proyectos de movilidad para organizaciones Erasmus+
acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151). El Programa Erasmus+ habilita a
las organizaciones a presentar solicitudes de acreditación que facilita la movilidad
en el ámbito de la juventud, proporcionando a las organizaciones acreditadas un
formato alternativo simplificado y flexible para llevar a cabo actividades de
intercambio juvenil o de movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud.
Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+,
disponibles en la página web https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus//. para
más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la
subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las
solicitudes.
Madrid, 27 de junio de 2025.- Margarita Guerrero Calderón. Directora General
del Instituto de la Juventud.
ID: A250032147-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-25049
Verificable en https://www.boe.es
Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración
específicos para cada Acción y actividad, que se detallan en la Guía del Programa
Erasmus+.
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38395
1. El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del
Programa "Erasmus+" es desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en
la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre
jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión,
favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad
de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de
las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la
cooperación europea en el ámbito de la juventud.
2. La presente convocatoria de subvenciones se enmarca en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio al que está adscrito el Instituto de la
Juventud, el Ministerio de Juventud e Infancia, contribuyendo a la consecución de
sus objetivos estratégicos: promocionar los servicios sociales y el fomento de la
cooperación con las organizaciones no gubernamentales e impulsar el voluntariado
social; contribuir a la promoción y el desarrollo de las políticas dirigidas a las
personas con discapacidad; promover la igualdad de oportunidades entre los
jóvenes y favorecer su participación en el desarrollo político, social, económico y
cultural de España; impulsar y cooperar en la implementación de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible. El cumplimiento de los citados objetivos se medirá
según los indicadores establecidos en el Plan Estratégico.
3. Se podrán solicitar proyectos en las siguientes líneas de acción:
Línea de acción de movilidad, que puede comprender las siguientes acciones:
proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos
de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), actividades de
participación juvenil (KA154), así como la acción de inclusión de la iniciativa
DiscoverEU (KA155).
Línea de acción para la Cooperación, que puede comprender las siguientes
acciones: Asociaciones de cooperación (KA220) y Asociaciones a pequeña escala
(KA210).
Línea de acción de proyectos de movilidad para organizaciones Erasmus+
acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151). El Programa Erasmus+ habilita a
las organizaciones a presentar solicitudes de acreditación que facilita la movilidad
en el ámbito de la juventud, proporcionando a las organizaciones acreditadas un
formato alternativo simplificado y flexible para llevar a cabo actividades de
intercambio juvenil o de movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud.
Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+,
disponibles en la página web https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus//. para
más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la
subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las
solicitudes.
Madrid, 27 de junio de 2025.- Margarita Guerrero Calderón. Directora General
del Instituto de la Juventud.
ID: A250032147-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-25049
Verificable en https://www.boe.es
Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración
específicos para cada Acción y actividad, que se detallan en la Guía del Programa
Erasmus+.