Ministerio de Cultura. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-13414)
Real Decreto 565/2025, de 1 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Generalitat de Cataluña para la celebración del Congreso Internacional de Archivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 87018

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CULTURA
Real Decreto 565/2025, de 1 de julio, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Generalitat de Cataluña para la celebración
del Congreso Internacional de Archivos.

Dentro de las actuaciones de la política cultural resulta indispensable el apoyo a
determinadas iniciativas y eventos culturales singulares que articulan el establecimiento
de la agenda cultural. En este sentido, una de las actuaciones fundamentales es el
apoyo a determinadas iniciativas y eventos culturales de especial interés, en particular
cuando disponen de impacto internacional, como es el caso de la próxima celebración
del Congreso Internacional de Archivos en nuestro país. Este Congreso, que se celebra
cada cuatro años, es una de las citas internacionales más importantes en el ámbito de
los archivos y la gestión documental y, tal como anunció el Consejo Internacional de
Archivos el 18 de junio de 2021, su lugar de celebración en la edición de 2025 será
Barcelona.
El evento, que tendrá lugar entre el 25 y el 30 de octubre, reunirá a profesionales
de la archivística y la gestión documental de todo el mundo, que dispondrán de una
plataforma donde compartir conocimientos, experiencias e innovaciones, y de la
posibilidad de establecer redes de colaboración. Inspirada en el tema «Conociendo
pasados, creando futuros», la cita incluirá presentaciones, mesas redondas, talleres
y otras actividades que abordarán temas cruciales como la preservación de
identidades, la respuesta a conflictos y desastres, la promoción de derechos, la
preservación digital y el futuro de la profesión. Se pretende, también, que cuente con
la asistencia de profesionales de otras disciplinas cada vez más relacionadas con
esta profesión.
De acuerdo con lo anterior, tratándose de un evento crucial en el ámbito de la
archivística, con una evidente dimensión internacional, se entiende plenamente
justificado el apoyo del Gobierno a su celebración, así como el interés público y social en
que se basa la concesión directa de la ayuda regulada en el presente real decreto.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y «con carácter
excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las
subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a
propuesta de la persona titular del Ministerio competente y previo informe del Ministerio
de Hacienda.
Por lo que se refiere al beneficiario, hay que señalar que esta actividad de fomento
necesaria debe articularse a través de la Generalitat de Cataluña, que será la
administración pública responsable de la contratación de la empresa especializada en la
organización del Congreso. Por su parte, y además del liderazgo del Consejo
Internacional de Archivos, está previsto que colaboren en la celebración la Diputación de
Barcelona y el Ayuntamiento de Barcelona.
Este real decreto se atiene a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia prescritos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La adecuación de la norma propuesta a los principios de
necesidad y eficacia se justifica por razones de interés público, social, y económico, que

cve: BOE-A-2025-13414
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