Universidades. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-13551)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para ejecutar las actividades de tipo académico y administrativo del proceso de selección y admisión de estudiantes al Curso Básico Técnico de Ciberseguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87697
cursos de desarrollo profesional y personal para los que no se requiere titulación
universitaria (cursos de experto profesional, y de actualización profesional); y compleja,
pues incluye una amplia oferta de cursos con estructura modular que integran itinerarios
formativos que permiten ir accediendo a niveles superiores.
Estas características hacen que estos cursos requieran de una gestión muy
diferenciada de la formación oficial reglada, para la que la Fundación cuenta con
personal apropiado y conocedor de la realidad y variedad de circunstancias que influyen
en su matriculación, que incluye:
– Atención al estudiante: Supone uno de los servicios prioritarios que presta la
Fundación, y que mayor valor añadido aporta al proceso, pues la variedad y complejidad
actual de la oferta de la formación permanente de la UNED hace necesario este servicio
personalizado, muy valorado por los usuarios.
– Preparación de las convocatorias: Es fundamental, para el buen desarrollo del
proceso de matriculación, dedicar un trabajo previo al estudio y planificación de la
convocatoria, especialmente en lo que a la oferta de cursos modulares se refiere (cursos
que forman parte de itinerarios formativos, que se desarrollan mediante combinación de
módulos).
– Gestión de la matriculación: Incluye un gran abanico de tareas, tales como la
validación de solicitudes (requisitos de admisión, itinerarios, convalidaciones,
coordinación con el equipo docente…), las autorizaciones de alumnos con titulación
extranjera, descuentos de matrículas, traspasos y cambios de cursos, autorización de
matrículas fuera de plazo, matriculación de los alumnos, propiamente dicha, etc.
– Gestiones realizadas tras el período de matriculación: En este apartado se
encuentran la conformidad de matrícula (comprobación), análisis de la concesión de
ayudas, recordatorio de segundos plazos, modificación de matrículas modulares:
ampliación o anulación de módulos, matrículas de los cursos con reconocimiento de
créditos, entre otras tareas.
Por todos los motivos expuestos, se considera oportuno que la citada Fundación
lleve a cabo, por razones de eficacia, determinadas actuaciones relacionadas con la
gestión material del Curso Básico Técnico de Ciberseguridad, que pretende contribuir a
la consecución del Componente 19.14 Formación de profesionales digitales, con el
objeto de adaptar la oferta formativa de formación profesional existente y diseñar nuevas
especialidades que permitan adquirir competencias digitales avanzadas e impulsar un
programa de atracción y retención de talento en ámbitos estratégicos. Todo ello, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Madrid, 4 de junio de 2025.–El Vicerrector de Formación Permanente y Extensión
Universitaria, Miguel Ángel Santed Germán.
ANEXO II
Finalidades que justifican el tratamiento de datos de carácter personal por parte
del Encargado de tratamiento
Introducción.
El presente anexo forma parte del contrato de encargo de tratamiento suscrito entre
las partes y detalla los aspectos y la identificación de la información afectada a los que
accede o trata el Encargado de Tratamiento, la tipología de datos y las finalidades que
justifican el tratamiento.
2.
El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos:
– Recogida.
cve: BOE-A-2025-13551
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87697
cursos de desarrollo profesional y personal para los que no se requiere titulación
universitaria (cursos de experto profesional, y de actualización profesional); y compleja,
pues incluye una amplia oferta de cursos con estructura modular que integran itinerarios
formativos que permiten ir accediendo a niveles superiores.
Estas características hacen que estos cursos requieran de una gestión muy
diferenciada de la formación oficial reglada, para la que la Fundación cuenta con
personal apropiado y conocedor de la realidad y variedad de circunstancias que influyen
en su matriculación, que incluye:
– Atención al estudiante: Supone uno de los servicios prioritarios que presta la
Fundación, y que mayor valor añadido aporta al proceso, pues la variedad y complejidad
actual de la oferta de la formación permanente de la UNED hace necesario este servicio
personalizado, muy valorado por los usuarios.
– Preparación de las convocatorias: Es fundamental, para el buen desarrollo del
proceso de matriculación, dedicar un trabajo previo al estudio y planificación de la
convocatoria, especialmente en lo que a la oferta de cursos modulares se refiere (cursos
que forman parte de itinerarios formativos, que se desarrollan mediante combinación de
módulos).
– Gestión de la matriculación: Incluye un gran abanico de tareas, tales como la
validación de solicitudes (requisitos de admisión, itinerarios, convalidaciones,
coordinación con el equipo docente…), las autorizaciones de alumnos con titulación
extranjera, descuentos de matrículas, traspasos y cambios de cursos, autorización de
matrículas fuera de plazo, matriculación de los alumnos, propiamente dicha, etc.
– Gestiones realizadas tras el período de matriculación: En este apartado se
encuentran la conformidad de matrícula (comprobación), análisis de la concesión de
ayudas, recordatorio de segundos plazos, modificación de matrículas modulares:
ampliación o anulación de módulos, matrículas de los cursos con reconocimiento de
créditos, entre otras tareas.
Por todos los motivos expuestos, se considera oportuno que la citada Fundación
lleve a cabo, por razones de eficacia, determinadas actuaciones relacionadas con la
gestión material del Curso Básico Técnico de Ciberseguridad, que pretende contribuir a
la consecución del Componente 19.14 Formación de profesionales digitales, con el
objeto de adaptar la oferta formativa de formación profesional existente y diseñar nuevas
especialidades que permitan adquirir competencias digitales avanzadas e impulsar un
programa de atracción y retención de talento en ámbitos estratégicos. Todo ello, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Madrid, 4 de junio de 2025.–El Vicerrector de Formación Permanente y Extensión
Universitaria, Miguel Ángel Santed Germán.
ANEXO II
Finalidades que justifican el tratamiento de datos de carácter personal por parte
del Encargado de tratamiento
Introducción.
El presente anexo forma parte del contrato de encargo de tratamiento suscrito entre
las partes y detalla los aspectos y la identificación de la información afectada a los que
accede o trata el Encargado de Tratamiento, la tipología de datos y las finalidades que
justifican el tratamiento.
2.
El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos:
– Recogida.
cve: BOE-A-2025-13551
Verificable en https://www.boe.es
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