Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-13451)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia de personal docente en escuelas europeas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. II.A. Pág. 87065
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13451
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia de personal docente en escuelas europeas.
La Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (BOE del 9 de noviembre), por la que se hace
pública la convocatoria para la provisión de vacantes de funcionarios y funcionarias
docentes en el exterior, preveía que, a los profesores seleccionados en virtud de las
mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos
y condiciones de la citada convocatoria.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia en las Escuelas Europeas al profesorado relacionado en el
anexo de esta resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen
de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 29
y 30 del Estatuto de Personal Docente de las Escuelas Europeas, seguir desempeñando
sus funciones en el exterior.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de
las Escuelas Europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas,
aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de
nueve años que establece dicho artículo.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que
se impugna, a elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con
la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1
de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2025-13451
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. II.A. Pág. 87065
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13451
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia de personal docente en escuelas europeas.
La Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (BOE del 9 de noviembre), por la que se hace
pública la convocatoria para la provisión de vacantes de funcionarios y funcionarias
docentes en el exterior, preveía que, a los profesores seleccionados en virtud de las
mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos
y condiciones de la citada convocatoria.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia en las Escuelas Europeas al profesorado relacionado en el
anexo de esta resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen
de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 29
y 30 del Estatuto de Personal Docente de las Escuelas Europeas, seguir desempeñando
sus funciones en el exterior.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de
las Escuelas Europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas,
aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de
nueve años que establece dicho artículo.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que
se impugna, a elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con
la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1
de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2025-13451
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.