Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-13452)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia de personal docente en puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. II.A. Pág. 87068

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13452

Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia de personal docente en puestos de asesores
técnicos y asesoras técnicas en el exterior.

La Resolución de 23 de noviembre de 2021 (BOE de 26 de noviembre) y la
Resolución 7 de noviembre de 2022 (BOE de 9 de noviembre) de la Subsecretaría del
Ministerio de Educación y Formación Profesional y por Resolución de 8 de noviembre
de 2023 (BOE de 11 de noviembre) de la Subsecretaría del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, por las que se hacían públicas las convocatorias para
la provisión de puestos vacantes de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior
por funcionarios docentes, preveía conforme a lo establecido en la Orden ECD/531/2003
de 10 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la provisión por
funcionarios docentes de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el
exterior, que al profesorado seleccionado en virtud de las mismas, les sería prorrogada
su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de las citadas
convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia de los asesoras técnicas y asesores técnicos relacionados
en el anexo, en los países y períodos que se citan, en régimen de adscripción temporal
para que puedan seguir desempeñando sus funciones en el exterior.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionariado docente en el exterior.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción
tengan los interesados su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en
cuya circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a elección de los
interesados, conforme a lo establecido en el artículo 10.1,i) en relación con la regla
segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

cve: BOE-A-2025-13452
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Tercero.