Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-13453)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia de personal funcionario docente en centros docentes en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. II.A. Pág. 87071
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13453
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia de personal funcionario docente en centros
docentes en el exterior.
La Resolución de 19 de noviembre de 2019 (BOE de 23 de noviembre), la
Resolución de 23 de noviembre de 2021 (BOE de 26 de noviembre) y la Resolución de 7
de noviembre de 2022 (BOE de 9 de noviembre) de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, y la Resolución de 8 de noviembre de 2023 (BOE
de 11 de noviembre) de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, por la que se hacían públicas las convocatorias para la provisión
de puestos vacantes de funcionarios y funcionarias docentes, preveían conforme a lo
establecido en la Orden ECD/531/2003 de 10 de marzo, por la que se establece el
procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros,
programas y asesorías técnicas en el exterior, que al profesorado seleccionado en virtud
de las mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los
requisitos y condiciones de las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia del profesorado relacionado en el anexo de esta resolución,
en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen de adscripción temporal,
para que puedan seguir desempeñando sus funciones en el exterior, a excepción de los
profesores destinados en Brasil, Argentina y Australia cuya prórroga se hará pública con
posterioridad.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados su domicilio
o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto
originario que se impugna, a elección de los interesados, conforme a lo establecido en el
artículo 10.1,i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de esta
resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictada, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2025-13453
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. II.A. Pág. 87071
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13453
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia de personal funcionario docente en centros
docentes en el exterior.
La Resolución de 19 de noviembre de 2019 (BOE de 23 de noviembre), la
Resolución de 23 de noviembre de 2021 (BOE de 26 de noviembre) y la Resolución de 7
de noviembre de 2022 (BOE de 9 de noviembre) de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, y la Resolución de 8 de noviembre de 2023 (BOE
de 11 de noviembre) de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, por la que se hacían públicas las convocatorias para la provisión
de puestos vacantes de funcionarios y funcionarias docentes, preveían conforme a lo
establecido en la Orden ECD/531/2003 de 10 de marzo, por la que se establece el
procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros,
programas y asesorías técnicas en el exterior, que al profesorado seleccionado en virtud
de las mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los
requisitos y condiciones de las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia del profesorado relacionado en el anexo de esta resolución,
en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen de adscripción temporal,
para que puedan seguir desempeñando sus funciones en el exterior, a excepción de los
profesores destinados en Brasil, Argentina y Australia cuya prórroga se hará pública con
posterioridad.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados su domicilio
o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto
originario que se impugna, a elección de los interesados, conforme a lo establecido en el
artículo 10.1,i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de esta
resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictada, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2025-13453
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Tercero.