Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-13548)
Resolución de 25 de junio de 2025, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Miércoles 2 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 87682

Segundo.
Que la cláusula octava del citado convenio recoge, conforme a lo establecido en el
artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, que la modificación del convenio requerirá el acuerdo unánime de las partes
firmantes. Así mismo, en esta misma cláusula, se establece que el convenio tendrá una
vigencia de cuatro años a contar desde que este resulte eficaz, pudiendo ser prorrogado
expresamente por mutuo acuerdo de las partes con antelación a la expiración del plazo
de vigencia, por un período de hasta cuatro años adicionales.
El convenio resultó eficaz el 10 de noviembre de 2022, con la inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público (REOICO), por lo que su vigencia finaliza el 10 de noviembre de 2026.
Tercero.
Que para el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears relativas a la tramitación de procedimientos sancionadores
en materia de seguridad y salud laboral; de sanidad vegetal; de agricultura; de
ganadería; de fraudes agroalimentarios; de pesca; de montes; de espacios de relevancia
ambiental; de patrimonio natural y biodiversidad; por infracciones de la normativa de
residuos; de industria; minera; del juego y apuestas, y en procedimientos disciplinarios
incoados al personal docente, es también necesario disponer de los datos padronales a
los efectos de la práctica de notificaciones.
En el anexo I que se incorpora al convenio mediante esta adenda de modificación y
prórroga, se recogen los títulos competenciales que justifican el acceso a los datos
padronales para estos procedimientos, así como de los previamente acordados en el
convenio y la adenda de modificación del año 2024, para hacer más liviano el texto del
convenio.
Cuarto.
Se aprovecha la modificación del convenio para actualizar la denominación de los
órganos mencionados en la cláusula sexta del convenio.
Quinto.
Que es voluntad de las partes dar continuidad a la colaboración iniciada entre ambas
prorrogando el convenio por un periodo de cuatro años adicionales a partir de la fecha de
expiración.
Por todo ello, ambas partes han acordado modificar y prorrogar el convenio suscrito
el 17 de octubre de 2022 conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación del expositivo segundo del convenio.

«Segundo. Que para el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, vinculadas a determinados
procedimientos administrativos que se inician de oficio por parte de la
Administración, es necesario disponer de los datos padronales con el fin de
asegurar tanto el correcto ejercicio de las mismas como la protección de los
derechos e intereses legítimos de los interesados en dichos procedimientos. En el
anexo I de este convenio se recogen los títulos competenciales que justifican el
acceso a los datos padronales.»

cve: BOE-A-2025-13548
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el expositivo segundo que queda redactado de la siguiente forma: