Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13539)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Educación en Marruecos y el Cádiz C.F., para la realización de actividades académicas, culturales, educativas y deportivas conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87503
Sexto.
Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, con fecha 10 de marzo de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de la
Consejería de Educación en Marruecos, y el Cádiz C.F. para la organización conjunta de
actividades académicas, culturales, educativas y deportivas en Marruecos que
contribuyan a la realización de los fines que tienen encomendados.
Segunda.
Actividades a realizar.
1. Mediante la ejecución de actividades, fundamentalmente deportivas, buscarán
alcanzar el cumplimiento de los siguientes objetivos:
– Lograr recursos digitales de alta calidad, metodologías innovadoras de enseñanzaaprendizaje y formación del profesorado como pilares de la educación;
– mejorar el desarrollo de las competencias del siglo XXI necesarias para afrontar
los retos del mundo actual;
– contribuir a lograr la igualdad de oportunidades;
– apoyar la digitalización y la calidad del sistema educativo reglado marroquí;
– potenciar la proyección y divulgación de la educación y la cultura españolas en
Marruecos;
– desarrollar actividades educativas y deportivas que permitan incentivar el
desarrollo integral de los alumnos, promoviendo un equilibrio entre rendimiento
académico, el crecimiento personal y las habilidades deportivas;
– proporcionar una formación deportiva de calidad que impulse habilidades físicas y
técnicas;
– fomentar valores como: el trabajo en equipo, la disciplina, la tolerancia, el respeto
tanto dentro como fuera del terreno de juego y el fomento de hábitos saludables;
– contribuir alcanzar objetivos de Desarrollo Sostenible, Agenda 2030, siguiendo las
premisas de la Carta Europea del Deporte, enfatizando el deporte basado en valores;
– impulsar el proyecto en el marco de la Red de Escuelas Asociadas a la UNESCO,
promoviendo los ideales que valorizan los derechos fundamentales y la dignidad
humana.
a)
b)
c)
d)
e)
Sesiones de entrenamiento presenciales;
conferencias;
presentaciones;
encuentros;
jornadas.
3. La decisión final sobre la/s actividad/es a realizar, su contenido, los lugares y
fechas de celebración de las mismas se realizará de mutuo acuerdo entre las partes
durante la vigencia del presente convenio, a través de los responsables del seguimiento
cve: BOE-A-2025-13539
Verificable en https://www.boe.es
2. Las actividades académicas, culturales, educativas y deportivas que se
programen para la ejecución del objeto de este convenio podrán consistir, entre otras, en
la promoción u organización de:
Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87503
Sexto.
Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, con fecha 10 de marzo de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de la
Consejería de Educación en Marruecos, y el Cádiz C.F. para la organización conjunta de
actividades académicas, culturales, educativas y deportivas en Marruecos que
contribuyan a la realización de los fines que tienen encomendados.
Segunda.
Actividades a realizar.
1. Mediante la ejecución de actividades, fundamentalmente deportivas, buscarán
alcanzar el cumplimiento de los siguientes objetivos:
– Lograr recursos digitales de alta calidad, metodologías innovadoras de enseñanzaaprendizaje y formación del profesorado como pilares de la educación;
– mejorar el desarrollo de las competencias del siglo XXI necesarias para afrontar
los retos del mundo actual;
– contribuir a lograr la igualdad de oportunidades;
– apoyar la digitalización y la calidad del sistema educativo reglado marroquí;
– potenciar la proyección y divulgación de la educación y la cultura españolas en
Marruecos;
– desarrollar actividades educativas y deportivas que permitan incentivar el
desarrollo integral de los alumnos, promoviendo un equilibrio entre rendimiento
académico, el crecimiento personal y las habilidades deportivas;
– proporcionar una formación deportiva de calidad que impulse habilidades físicas y
técnicas;
– fomentar valores como: el trabajo en equipo, la disciplina, la tolerancia, el respeto
tanto dentro como fuera del terreno de juego y el fomento de hábitos saludables;
– contribuir alcanzar objetivos de Desarrollo Sostenible, Agenda 2030, siguiendo las
premisas de la Carta Europea del Deporte, enfatizando el deporte basado en valores;
– impulsar el proyecto en el marco de la Red de Escuelas Asociadas a la UNESCO,
promoviendo los ideales que valorizan los derechos fundamentales y la dignidad
humana.
a)
b)
c)
d)
e)
Sesiones de entrenamiento presenciales;
conferencias;
presentaciones;
encuentros;
jornadas.
3. La decisión final sobre la/s actividad/es a realizar, su contenido, los lugares y
fechas de celebración de las mismas se realizará de mutuo acuerdo entre las partes
durante la vigencia del presente convenio, a través de los responsables del seguimiento
cve: BOE-A-2025-13539
Verificable en https://www.boe.es
2. Las actividades académicas, culturales, educativas y deportivas que se
programen para la ejecución del objeto de este convenio podrán consistir, entre otras, en
la promoción u organización de: