Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25123)
Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se acuerda iniciar el procedimiento para el otorgamiento de compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías, con origen o destino en Ceuta, realizados en 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38569
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación
presupuestaria 17.20.55.441P.478.04 del Presupuesto de Gastos de la Secretaría
de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible previsto en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogada para el año
2025.
La cuantía individual en el transporte de mercancías podría permitir alcanzar
hasta el 50 por 100 de los costes subvencionables y del flete tipo respectivo de
todas las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta los promedios de dichos
costes que se determinarán por la propia Delegación del Gobierno. En otro caso,
cuando los créditos presupuestarios no permitan alcanzar dicho porcentaje
máximo, la cuantía de las bonificaciones se reducirá proporcionalmente para
ajustarlas a la disponibilidad presupuestaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Solicitudes:
Las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al modelo y
contenido especificado en la convocatoria y estarán disponibles para
cumplimentarse y presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática (https://sede.administracionespublicas.gob.es),
en la ruta Procedimientos >>Subvenciones>> Compensaciones al transporte con
origen/destino en Ceuta o Melilla.
Madrid, 1 de julio de 2025.- El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
cve: BOE-B-2025-25123
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250032337-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38569
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación
presupuestaria 17.20.55.441P.478.04 del Presupuesto de Gastos de la Secretaría
de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible previsto en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogada para el año
2025.
La cuantía individual en el transporte de mercancías podría permitir alcanzar
hasta el 50 por 100 de los costes subvencionables y del flete tipo respectivo de
todas las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta los promedios de dichos
costes que se determinarán por la propia Delegación del Gobierno. En otro caso,
cuando los créditos presupuestarios no permitan alcanzar dicho porcentaje
máximo, la cuantía de las bonificaciones se reducirá proporcionalmente para
ajustarlas a la disponibilidad presupuestaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Solicitudes:
Las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al modelo y
contenido especificado en la convocatoria y estarán disponibles para
cumplimentarse y presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática (https://sede.administracionespublicas.gob.es),
en la ruta Procedimientos >>Subvenciones>> Compensaciones al transporte con
origen/destino en Ceuta o Melilla.
Madrid, 1 de julio de 2025.- El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
cve: BOE-B-2025-25123
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250032337-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X