Ministerio de Educación, Formación Profesional y DeportesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25124)
Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2025-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38570
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
25124
Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025 de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan subve ncione s a
empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante
en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2025-2026.
BDNS(Identif.):843432
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
843432)
Primero. Beneficiarios:
Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a
la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar
lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y
que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de
escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria
Segundo. Finalidad:
Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden
asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras:
ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión
de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de
mayo).
Cuarto. Importe:
Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de
subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente
extracto en el Boletín Oficial del Estado.
ID: A250032336-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-25124
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 25 de junio de 2025.- El Secretario de Estado de Educación, Abelardo
de la Rosa Díaz.
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38570
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25124
Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025 de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan subve ncione s a
empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante
en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2025-2026.
BDNS(Identif.):843432
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
843432)
Primero. Beneficiarios:
Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a
la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar
lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y
que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de
escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria
Segundo. Finalidad:
Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden
asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras:
ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión
de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de
mayo).
Cuarto. Importe:
Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de
subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente
extracto en el Boletín Oficial del Estado.
ID: A250032336-1
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cve: BOE-B-2025-25124
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 25 de junio de 2025.- El Secretario de Estado de Educación, Abelardo
de la Rosa Díaz.