Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-13591)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 87844
5.1.5 El/la secretario/a o el/la presidente/a, según se determine en el seno de la
Comisión de Acceso, será la persona responsable de la custodia de la documentación
depositada por las personas candidatas en el acto de presentación, desde el momento
de la presentación hasta la conclusión de las actuaciones de la comisión. A falta de
pronunciamiento el custodio será el/la secretario/a.
Para acceder a la documentación, de acuerdo con lo indicado en la base 5.1.3, las
personas candidatas deberán dirigirse a la secretaría del departamento al que esté
adscrita la plaza.
Concluidas las actuaciones de la Comisión de Acceso, el/la secretario/a del centro se
hará cargo de la custodia de la documentación hasta que el proceso devenga firme y, en
su caso, posterior entrega a las personas interesadas. En el supuesto de que se haya
admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de nombramiento de la
Comisión de Acceso, la documentación será remitida a través de Her@ldo, mediante
comunicación interna a la Sección de Oposiciones, Concursos y Reclamaciones de PDI
del Servicio de Personal Docente e Investigador.
5.2
5.2.1
Proceso de selección.
El proceso de selección constará de dos pruebas:
La experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia
e intercambio del conocimiento, tendrán una consideración análoga en el conjunto de los
criterios de valoración de los méritos a considerar.
5.2.2 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la comisión entregará al/a la
presidente/a un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los
criterios previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los
aspectos referidos en la base 5.2.1.
En los términos del artículo 34 del RD678 y de lo previsto en el Reglamento, una vez
finalizado el proceso de selección y antes de elevar a la rectora la propuesta de
provisión, la comisión deberá elaborar y publicar en el e-TOUZ un documento con los
resultados de la evaluación de cada candidato o candidata, con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá
transcurrir un mínimo de dos días hábiles, salvo renuncia expresa y por escrito de todos
los participantes en el concurso.
5.2.4 Situaciones especiales relacionadas con el embarazo y parto. Si a causa de
una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de parto, alguna de las
personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera de sus
fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección. En todo
caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista
de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2025-13591
Verificable en https://www.boe.es
a) La primera prueba consistirá en la exposición y debate por parte de la persona
candidata del currículo, el proyecto docente, que incluirá el programa de una de las
materias o asignaturas de las que el área de conocimiento de que se trate tiene
asignadas en el centro al que inicialmente se adscribe la plaza, y del proyecto
investigador. Dicha exposición tendrá una duración máxima de sesenta minutos.
Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con la persona candidata durante
un tiempo máximo de tres horas.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición por la persona candidata, y
posterior debate con la comisión, de un tema del programa presentado por ella a su
elección, durante un tiempo máximo de tres horas.
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 87844
5.1.5 El/la secretario/a o el/la presidente/a, según se determine en el seno de la
Comisión de Acceso, será la persona responsable de la custodia de la documentación
depositada por las personas candidatas en el acto de presentación, desde el momento
de la presentación hasta la conclusión de las actuaciones de la comisión. A falta de
pronunciamiento el custodio será el/la secretario/a.
Para acceder a la documentación, de acuerdo con lo indicado en la base 5.1.3, las
personas candidatas deberán dirigirse a la secretaría del departamento al que esté
adscrita la plaza.
Concluidas las actuaciones de la Comisión de Acceso, el/la secretario/a del centro se
hará cargo de la custodia de la documentación hasta que el proceso devenga firme y, en
su caso, posterior entrega a las personas interesadas. En el supuesto de que se haya
admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de nombramiento de la
Comisión de Acceso, la documentación será remitida a través de Her@ldo, mediante
comunicación interna a la Sección de Oposiciones, Concursos y Reclamaciones de PDI
del Servicio de Personal Docente e Investigador.
5.2
5.2.1
Proceso de selección.
El proceso de selección constará de dos pruebas:
La experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia
e intercambio del conocimiento, tendrán una consideración análoga en el conjunto de los
criterios de valoración de los méritos a considerar.
5.2.2 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la comisión entregará al/a la
presidente/a un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los
criterios previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los
aspectos referidos en la base 5.2.1.
En los términos del artículo 34 del RD678 y de lo previsto en el Reglamento, una vez
finalizado el proceso de selección y antes de elevar a la rectora la propuesta de
provisión, la comisión deberá elaborar y publicar en el e-TOUZ un documento con los
resultados de la evaluación de cada candidato o candidata, con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá
transcurrir un mínimo de dos días hábiles, salvo renuncia expresa y por escrito de todos
los participantes en el concurso.
5.2.4 Situaciones especiales relacionadas con el embarazo y parto. Si a causa de
una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de parto, alguna de las
personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera de sus
fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección. En todo
caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista
de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2025-13591
Verificable en https://www.boe.es
a) La primera prueba consistirá en la exposición y debate por parte de la persona
candidata del currículo, el proyecto docente, que incluirá el programa de una de las
materias o asignaturas de las que el área de conocimiento de que se trate tiene
asignadas en el centro al que inicialmente se adscribe la plaza, y del proyecto
investigador. Dicha exposición tendrá una duración máxima de sesenta minutos.
Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con la persona candidata durante
un tiempo máximo de tres horas.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición por la persona candidata, y
posterior debate con la comisión, de un tema del programa presentado por ella a su
elección, durante un tiempo máximo de tres horas.