Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13639)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Institución Ferial de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88189
presente convenio, en primer término a través de los tutores para cada una de las
prácticas y en segundo término a través del responsable del vicerrectorado de
investigación y postgrado de la UIMP, o del vicerrectorado que en caso de una
remodelación de la estructura de la universidad asuma las competencias en materia de
estudios de postgrado.
En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial,
ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa,
siendo el órgano competente la Audiencia Nacional, de conformidad con el artículo
11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en duplicado ejemplar, en
las fechas que se indican, tomándose como referencia de fecha de formalización la del
último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos
Andradas Heranz, 20 de junio de 2025.–Por Institución Ferial de Madrid, María Sánchez
Sanz, 23 de junio de 2025.
cve: BOE-A-2025-13639
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88189
presente convenio, en primer término a través de los tutores para cada una de las
prácticas y en segundo término a través del responsable del vicerrectorado de
investigación y postgrado de la UIMP, o del vicerrectorado que en caso de una
remodelación de la estructura de la universidad asuma las competencias en materia de
estudios de postgrado.
En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial,
ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa,
siendo el órgano competente la Audiencia Nacional, de conformidad con el artículo
11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en duplicado ejemplar, en
las fechas que se indican, tomándose como referencia de fecha de formalización la del
último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos
Andradas Heranz, 20 de junio de 2025.–Por Institución Ferial de Madrid, María Sánchez
Sanz, 23 de junio de 2025.
cve: BOE-A-2025-13639
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159