Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25153)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, de Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto de Sustitución de tramo de la LAMT "LAESTACIÓN" 15 kV de la Subestación "CANTILLA", en el Término Municipal de Carmona (Sevilla) P-8598M.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38609
T.M. afectados: Carmona (Sevilla).
LÍNEA ELÉCTRICA:
Origen: Nuevo apoyo n.º 1.
Final: Nuevo Apoyo (Objeto de otro Proyecto).
Tipo: Aérea.
Longitud en km: 3,058 km; Derivaciones: 0,128.
Tensión en servicio: 15(20) kV.
Conductores: 94-AL1/22-ST1A (LA-110); Derivaciones: 47AL1/8–ST1A (LA56).
Presupuesto: 86.775,72 euros.
Segundo.- Declarar en concreto la Utilidad Pública, implicando ésta la Urgente
Ocupación, según lo establecido en el art. 56.º de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII
del R.D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica con las condiciones especiales
siguientes:
1. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los
trabajos a esta Delegación.
2. La presente resolución habilita al titular a la construcción de la instalación
proyectada.
3. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros Organismos y permisos de paso necesarios,
teniendo solo validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta
Delegación.
4. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las
condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han
sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.
6. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.
7. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados desde el siguiente
día de la notificación de esta Resolución.
8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier
momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en
cve: BOE-B-2025-25153
Verificable en https://www.boe.es
5. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el
peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que
será emitida por esta Delegación, previo cumplimiento de los trámites que se
señalan en el art. 132,º del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Núm. 159
Jueves 3 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38609
T.M. afectados: Carmona (Sevilla).
LÍNEA ELÉCTRICA:
Origen: Nuevo apoyo n.º 1.
Final: Nuevo Apoyo (Objeto de otro Proyecto).
Tipo: Aérea.
Longitud en km: 3,058 km; Derivaciones: 0,128.
Tensión en servicio: 15(20) kV.
Conductores: 94-AL1/22-ST1A (LA-110); Derivaciones: 47AL1/8–ST1A (LA56).
Presupuesto: 86.775,72 euros.
Segundo.- Declarar en concreto la Utilidad Pública, implicando ésta la Urgente
Ocupación, según lo establecido en el art. 56.º de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII
del R.D 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica con las condiciones especiales
siguientes:
1. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los
trabajos a esta Delegación.
2. La presente resolución habilita al titular a la construcción de la instalación
proyectada.
3. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros Organismos y permisos de paso necesarios,
teniendo solo validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta
Delegación.
4. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las
condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han
sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.
6. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.
7. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados desde el siguiente
día de la notificación de esta Resolución.
8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier
momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en
cve: BOE-B-2025-25153
Verificable en https://www.boe.es
5. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el
peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que
será emitida por esta Delegación, previo cumplimiento de los trámites que se
señalan en el art. 132,º del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.