Ministerio de Educación, Formación Profesional y DeportesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25243)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de 2 de julio de 2025, por la que se convocan ayudas para el fomento del asociacionismo en el ámbito del fútbol para el 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. V-B. Pág. 38797

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución.
Las solicitudes se presentarán según el modelo existente en la sede
electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es) en
Catálogo de trámites, "715999 - Ayudas para la promoción del movimiento
asociativo".
Quinto. Otros datos administrativos y justificación.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes.
El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará
directamente a las entidades beneficiarias desde el Consejo Superior de Deportes
tan pronto concurran en los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la
presente convocatoria.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas, y con lo establecido en el apartado Decimocuarto de la convocatoria y en
la Guía de Presupuestación y Justificación del Consejo Superior de Deportes.
El plazo de justificación de los gastos asociativos concluirá el 31 de marzo de
2026.
Madrid, 2 de julio de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Rodríguez Uribes.

cve: BOE-B-2025-25243
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X