Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13715)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y su incidencia en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89038

INTRODUCCIÓN
I.1.

INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR

La Fiscalización del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y su incidencia en la consecución de
los Objetivos de Desarrollo Sostenible se incluyó a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas en el
Programa Anual de Fiscalizaciones correspondiente al año 2022, aprobado por el Pleno del Tribunal
de Cuentas en sesión de 24 de febrero de 2022.
Como resultado de la aprobación en los últimos años de planes nacionales de fomento de la lectura,
que no han sido objeto de revisión, esta fiscalización pretende verificar si las medidas desarrolladas
para la ejecución de cada una de las líneas estratégicas del Plan de Fomento de la Lectura 20172020, así como su seguimiento y valoración, han sido acordes con los objetivos previstos por parte
del Ministerio de Cultura y Deporte.
El referido Programa de Fiscalizaciones para el año 2022 se encuadra en el Plan Estratégico del
Tribunal de Cuentas para el periodo 2018-2021, aprobado por el Pleno de 25 de abril de 2018, en el
que se establecieron los objetivos de la función fiscalizadora y los criterios de la actividad. En
particular, esta actuación se vincula a los objetivos específicos: 1.1 Realizar actuaciones que sirvan
a las Cortes Generales y Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas para impulsar la
adopción de medidas que contribuyan a conseguir un sector público más racional y eficiente, 1.2
Fomentar las buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas, 1.4
Incrementar las fiscalizaciones operativas y 1.5 Agilizar la tramitación de los procedimientos
fiscalizadores, contenidos en el referido Plan Estratégico.
I.2.

ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL

El ámbito subjetivo está constituido, principalmente, por la Dirección General del Libro y Fomento de
la Lectura, dependiente de la Secretaría General de Cultura y Deporte del actual Ministerio de Cultura
y Deporte 1 . Se extiende, asimismo, al Ministerio de Educación y Formación Profesional y a la
Subsecretaría del Ministerio de Cultura y Deporte en lo referente a la participación en la puesta en
marcha de acciones para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
relacionados fundamentalmente con la lectura.
Constituyen el ámbito objetivo de esta fiscalización, las actuaciones desarrolladas por el Ministerio
de Cultura y Deporte para el cumplimiento del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y la gestión
de los gastos, subvenciones y ayudas relacionadas con dicho Plan, así como las acciones realizadas
por la Administración General del Estado para la implementación de la Agenda 2030 en relación con
la lectura, así como su seguimiento, evaluación y medición.

1

Denominación actual de este Departamento ministerial tras la publicación del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

cve: BOE-A-2025-13715
Verificable en https://www.boe.es

El ámbito temporal de la fiscalización se ha referido a los ejercicios 2017-2020, sin perjuicio de que
las comprobaciones puedan extenderse a ejercicios anteriores o posteriores cuando ello contribuya
a la consecución de los objetivos previstos en esta fiscalización.