Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13715)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y su incidencia en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89030
– Compartir en redes sociales las convocatorias de líneas de subvención para
permitir llegar al mayor número de posibles personas interesadas.
4. Instar al Gobierno y a sus ministerios competentes a reducir, en la medida de lo
posible, la demora en la elaboración y publicación de los indicadores, con la finalidad de
contar con unos más actuales que permitan una correcta evaluación de las medidas
aplicadas y el diseño de nuevas políticas públicas adecuadas.
5. Instar a la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura a realizar un
seguimiento y control de los planes de lectura que abarque, al menos, medición de los
indicadores previamente definidos con la periodicidad establecida; adoptar medidas
preventivas y correctoras ante desviaciones; y obtención de conclusiones.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2025.–El Presidente de la
Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión,
Salvador de Foronda Vaquero.
cve: BOE-A-2025-13715
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89030
– Compartir en redes sociales las convocatorias de líneas de subvención para
permitir llegar al mayor número de posibles personas interesadas.
4. Instar al Gobierno y a sus ministerios competentes a reducir, en la medida de lo
posible, la demora en la elaboración y publicación de los indicadores, con la finalidad de
contar con unos más actuales que permitan una correcta evaluación de las medidas
aplicadas y el diseño de nuevas políticas públicas adecuadas.
5. Instar a la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura a realizar un
seguimiento y control de los planes de lectura que abarque, al menos, medición de los
indicadores previamente definidos con la periodicidad establecida; adoptar medidas
preventivas y correctoras ante desviaciones; y obtención de conclusiones.
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2025.–El Presidente de la
Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión,
Salvador de Foronda Vaquero.
cve: BOE-A-2025-13715
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 160