Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88828
I. INTRODUCCIÓN
La “Fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de
fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020” se
incluyó, a iniciativa del Tribunal de Cuentas, en el Programa de Fiscalizaciones para 2022, aprobado
por el Pleno en sesión de 24 de febrero de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en el objetivo estratégico 1: “Contribuir al buen gobierno y a la mejora
de la actividad económico-financiera del sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 25 de abril de 2018 y, en particular, al
objetivo estratégico 1.1. Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y a las Asambleas
Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas que contribuyan
a conseguir un sector público más racional y eficiente, que contempla entre sus medidas la
necesidad de articular mecanismos que posibiliten la efectividad de las recomendaciones y la
“sistematización de la fiscalización de seguimiento de recomendaciones y resoluciones”, a cuyos
efectos se considera de especial relevancia efectuar el seguimiento del adecuado cumplimiento de
las recomendaciones formuladas en anteriores informes de fiscalización.
La fiscalización ha tenido como finalidad el seguimiento de las recomendaciones y de las
resoluciones adoptadas por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el
Tribunal de Cuentas, formuladas en los ocho informes de fiscalización específicos que se relacionan
en el Cuadro n.º 1 de este Informe, aprobados por el Pleno del Tribunal en el periodo 2015 a 2020.
De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno en su sesión de 28 de abril de
2022, se configura como una fiscalización de seguimiento, según lo dispuesto en las Normas de
Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, cuyos
objetivos han sido:
1. Analizar el grado de cumplimiento de las recomendaciones del Tribunal y, en su caso, de las
resoluciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas con relación
a los informes de fiscalización objeto de la presente actuación.
2. Analizar y evaluar la implementación de las medidas oportunas en los sistemas y procedimientos
de control interno y gestión económico-financiera aplicados por las entidades y organismos
correspondientes para dar cumplimiento a las recomendaciones efectuadas, desde el punto de
vista de los principios de buena gestión financiera.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras, no se han producido limitaciones que hayan
impedido el cumplimiento de los objetivos previstos, habiendo prestado los órganos fiscalizados una
adecuada colaboración. La fiscalización se ha realizado de conformidad con lo establecido en las
Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. La tramitación interna y los procedimientos
aplicados en la fiscalización se detallan en el Anexo I de este Informe.
En cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se ha llevado a cabo el trámite de alegaciones en los
cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es
El ámbito subjetivo está constituido por las entidades y órganos a los que se dirigieron las
recomendaciones contenidas en los informes específicos, relacionados en el Cuadro n.º 1, que
constituyen el ámbito objetivo de esta fiscalización y, en su caso, las resoluciones de Comisión
Mixta Congreso-Senado. En el informe se expone lo que ha instado la citada Comisión, si ha sido o
no coincidente con las recomendaciones del Tribunal, habiéndose citado expresamente las
instancias adicionales, cuyo grado de cumplimiento ha sido igualmente analizado y calificado de
forma particular. El seguimiento efectuado se ha referido a la situación a 31 de diciembre de 2021.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88828
I. INTRODUCCIÓN
La “Fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de
fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020” se
incluyó, a iniciativa del Tribunal de Cuentas, en el Programa de Fiscalizaciones para 2022, aprobado
por el Pleno en sesión de 24 de febrero de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en el objetivo estratégico 1: “Contribuir al buen gobierno y a la mejora
de la actividad económico-financiera del sector público” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 25 de abril de 2018 y, en particular, al
objetivo estratégico 1.1. Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y a las Asambleas
Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas que contribuyan
a conseguir un sector público más racional y eficiente, que contempla entre sus medidas la
necesidad de articular mecanismos que posibiliten la efectividad de las recomendaciones y la
“sistematización de la fiscalización de seguimiento de recomendaciones y resoluciones”, a cuyos
efectos se considera de especial relevancia efectuar el seguimiento del adecuado cumplimiento de
las recomendaciones formuladas en anteriores informes de fiscalización.
La fiscalización ha tenido como finalidad el seguimiento de las recomendaciones y de las
resoluciones adoptadas por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el
Tribunal de Cuentas, formuladas en los ocho informes de fiscalización específicos que se relacionan
en el Cuadro n.º 1 de este Informe, aprobados por el Pleno del Tribunal en el periodo 2015 a 2020.
De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno en su sesión de 28 de abril de
2022, se configura como una fiscalización de seguimiento, según lo dispuesto en las Normas de
Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013, cuyos
objetivos han sido:
1. Analizar el grado de cumplimiento de las recomendaciones del Tribunal y, en su caso, de las
resoluciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas con relación
a los informes de fiscalización objeto de la presente actuación.
2. Analizar y evaluar la implementación de las medidas oportunas en los sistemas y procedimientos
de control interno y gestión económico-financiera aplicados por las entidades y organismos
correspondientes para dar cumplimiento a las recomendaciones efectuadas, desde el punto de
vista de los principios de buena gestión financiera.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras, no se han producido limitaciones que hayan
impedido el cumplimiento de los objetivos previstos, habiendo prestado los órganos fiscalizados una
adecuada colaboración. La fiscalización se ha realizado de conformidad con lo establecido en las
Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. La tramitación interna y los procedimientos
aplicados en la fiscalización se detallan en el Anexo I de este Informe.
En cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se ha llevado a cabo el trámite de alegaciones en los
cve: BOE-A-2025-13711
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El ámbito subjetivo está constituido por las entidades y órganos a los que se dirigieron las
recomendaciones contenidas en los informes específicos, relacionados en el Cuadro n.º 1, que
constituyen el ámbito objetivo de esta fiscalización y, en su caso, las resoluciones de Comisión
Mixta Congreso-Senado. En el informe se expone lo que ha instado la citada Comisión, si ha sido o
no coincidente con las recomendaciones del Tribunal, habiéndose citado expresamente las
instancias adicionales, cuyo grado de cumplimiento ha sido igualmente analizado y calificado de
forma particular. El seguimiento efectuado se ha referido a la situación a 31 de diciembre de 2021.